La revisión del Reglamento de Mercados de Criptoactivos de la Unión Europea, conocido como MiCA, recibió planteamientos que podrían influir en el tratamiento de los derivados cripto y las reservas de stablecoins. El Hyperliquid Policy Center pidió que los futuros perpetuos se consideren instrumentos financieros bajo MiFID II, mientras Circle cuestionó varias exigencias aplicables a las reservas de sus tokens.
Propuesta para los futuros perpetuos en Europa
El Hyperliquid Policy Center sostuvo que los futuros perpetuos de criptomonedas deberían regularse bajo MiFID II, el marco europeo para instrumentos financieros aprobado inicialmente en 2014, en lugar de incorporarse a MiCA, aprobado en 2023. La organización considera que las categorías de derivados ya contempladas en el Anexo I de MiFID II pueden abarcar estos contratos, por lo que, a su juicio, la Comisión no necesita crear una ley nueva.
El argumento central es que la clasificación debe responder a las características económicas de un instrumento y no al libro mayor en el que se registra. En la presentación fechada el 30 de septiembre, su director ejecutivo pidió claridad sobre cómo aplicar las normas existentes a los productos onchain, y planteó que una blockchain pública no debería cambiar por sí sola la naturaleza regulatoria de un mercado.
Revisión de reservas bancarias para stablecoins
Circle centró su respuesta en las reglas de reservas para los tokens de dinero electrónico emitidos bajo MiCA. El reglamento exige que esos emisores mantengan al menos el 30% de sus reservas en depósitos bancarios comerciales, un porcentaje que puede subir al 60% si la Autoridad Bancaria Europea considera que el token es significativo.
60% Porcentaje máximo de reservas que los emisores debían mantener en depósitos bancarios comerciales según la normativa evaluada
La empresa sostiene que estos porcentajes pueden aumentar la exposición de los emisores al riesgo de crédito y de contraparte del sector bancario. Como alternativa, respaldó la posición del Banco Central Europeo y del Sistema Europeo de Bancos Centrales, que propusieron reemplazar los mínimos de depósitos por un requisito de liquidez menos rígido basado en activos con vencimiento a corto plazo.




