El proceso para seleccionar y nombrar a los nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia se extenderá por un lapso de entre dos y tres meses, en función de los plazos fijados por la legislación y del volumen de postulaciones que se reciban en el país.

Así lo estimó la abogada Laura Louza, directora general y fundadora de la organización no gubernamental Acceso a la Justicia, durante una entrevista concedida a Radio Fe y Alegría Noticias. La especialista subrayó que la publicación oportuna del cronograma, la convocatoria oficial y el baremo de evaluación resultará determinante para permitir un escrutinio público efectivo sobre quienes aspiren a ocupar un puesto en el máximo tribunal.

Requisitos y escrutinio público de expedientes

De acuerdo con la jurista, los medios de comunicación y la sociedad civil deben contar con facilidades para revisar los expedientes entregados ante la Asamblea Nacional, con el objetivo de verificar la trayectoria, los antecedentes y el cumplimiento estricto de las credenciales requeridas por la ley venezolana.

Entre los aspectos principales bajo observación ciudadana, Louza destacó la necesidad de comprobar la idoneidad ética y profesional de los preseleccionados, así como constatar que no ejerzan el activismo político. Asimismo, señaló que se deberá dar a conocer la identidad de los 12 representantes de la sociedad civil que integrarán el Comité de Postulaciones Judiciales y fiscalizar la autonomía de su desempeño.

Ampliación del número de magistrados en el tribunal

El procedimiento actual obedece a una reforma legislativa previa que elevó el número de magistrados principales de 20 a 32, junto con sus correspondientes suplentes, lo que implica la renovación integral de la estructura del Tribunal Supremo de Justicia.

Si bien la representante de Acceso a la Justicia consideró positivo que se avance hacia la restauración del equilibrio de poderes, advirtió sobre la importancia de evitar dilaciones innecesarias ante la complejidad de la situación institucional del país, recordando que la separación de atribuciones entre los órganos del Estado constituye la salvaguarda fundamental de los derechos ciudadanos.