José Francisco Contreras, secretario nacional de Derecha Democrática Popular, sostuvo que la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia no debe ser reformada, sino derogada o anulada, al considerar que nació con vicios de origen y no admite una corrección parcial.
Acción de nulidad ante el TSJ
Contreras recordó que el 3 de marzo de 2026 presentó ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia una acción popular de nulidad por inconstitucionalidad contra esa norma. Aseguró que han pasado casi siete meses sin respuesta y cuestionó que no se haya decidido sobre un escrito que, según dijo, pidió sentencia sin relación ni informes por tratarse de un asunto de mero derecho.
El dirigente político afirmó que la demanda presentada contra ese marco legal sostiene que la ley es inconstitucional porque la Asamblea Nacional Constituyente de 2017 no fue convocada por el pueblo, como exige el artículo 347 de la Constitución. También alegó que ese órgano usurpó funciones legislativas que, de acuerdo con los artículos 186, 187 y 202, corresponden a la Asamblea Nacional.
Según su planteamiento, la ley también afecta derechos fundamentales como la libertad de expresión, la participación política, el sufragio y la manifestación pacífica. Además, señaló que su artículo 11 permitiría incluso revocar la inscripción de partidos políticos, lo que a su juicio agrava el alcance de la norma.


