Ante la abierta ruptura del orden democrático y las distintas alteraciones del orden constitucional que afecta gravemente a la democracia como sistema en Venezuela, todo por obra de la política errática del difunto caudillo y de la dupla Maduro-Cabello, nuestro país lamentablemente devenido ahora en colonia de los hermanos Castro, califica para serle aplicada la sanción que prevée la Carta Democrática Interamericana en sus artículos 19, 20 y 21.
El artículo 19 estatuye que mientras persista en un país miembro la ruptura del orden democrático o la alteración del orden constitucional, ello constituye un serio obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la Organización.
En otras palabras, Venezuela y su Gobierno bolivariano revolucionario podrán ser suspendidos como miembro de la Organización de Estados Americanos. Esto es un verdadero rayón internacional, una vergüenza del tamaño de la cordillera andina, una humillación sin precedentes, tal como le ocurrió a Cuba a comienzo de la década de los años sesenta.
La solicitud de sanciones para serle aplicadas a cualquier Estado “mala conducta”, le corresponde hacerla a cualquier Estado miembro o al mismo secretario general.
