La Procuraduría General de la República de Brasil reiteró que la ley electoral del país no permite usar criptomonedas en donaciones a candidatos y partidos. La precisión fue divulgada el lunes 22 dentro de la serie “Me explica, MPF”, en un año de elecciones generales, y busca despejar dudas sobre una práctica que ha ganado espacio en el país.
La clave está en la trazabilidad
La restricción responde a un criterio central para la justicia electoral: la posibilidad de seguir el rastro del dinero. Para el Tribunal Electoral, las monedas virtuales dificultan identificar con claridad quién envió los recursos, lo que complica el control de origen y destino de las aportaciones realizadas durante una campaña.
En ese contexto, la prohibición quedó establecida en la Resolución 23.607/2019 del Tribunal Superior Electoral, que regula la obtención y el uso de fondos por parte de partidos y candidatos. La norma veta recibir donaciones financieras en monedas virtuales y exige que las campañas operen con mecanismos que permitan verificar de manera simple el origen de cada aporte.
Recaudación en línea no equivale a cripto
La autoridad electoral también aclaró que la recaudación en línea no debe confundirse con donaciones hechas con criptomonedas. El financiamiento colectivo consiste en reunir dinero por internet para campañas a través de plataformas digitales registradas y autorizadas por el TSE. En esos casos, las aportaciones deben estar identificadas y solo pueden utilizarse después de que la candidatura haya sido registrada.
