El máximo tribunal avaló la solicitud para que Jonajhan Alexander Linares Rivero sea juzgado en Venezuela por varios delitos vinculados a la banda de El Koki.
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición de Venezuela ante Chile para que sea entregado Jonajhan Alexander Linares Rivero, señalado como integrante de la extinta organización criminal liderada por Carlos Revette, alias «El Koki», que operó en la Cota 905 de Caracas.
La sentencia 372 y la captura en Chile
La decisión quedó plasmada en la sentencia N.º 372, emitida el pasado 11 de julio y suscrita por tres magistradas del máximo tribunal.
De acuerdo con el TSJ, Linares Rivero fue detenido en Chile el pasado mes de mayo y sobre él pesan cinco órdenes de aprehensión emitidas entre 2021 y 2026.
Los delitos y casos vinculados al expediente
La primera orden corresponde a una investigación por los presuntos delitos de secuestro agravado, terrorismo, extorsión agravada, obstrucción a la libertad de comercio y asociación para delinquir, vinculados a su supuesta participación en la banda de El Koki.
Las otras cuatro órdenes de captura están relacionadas con igual número de homicidios ocurridos entre 2017 y 2018 en la parroquia El Valle, al suroeste de Caracas.
Entre los casos figura el asesinato de Kervin Alexander Pérez Carrasquel, ocurrido en abril de 2018, así como los homicidios de Rome José Moreno Carrasquel, Anyi Vanessa Mijares Palacios y Wilkeyns Rafael Rodríguez Cales, registrados entre octubre de 2017 y abril de 2018 en distintos sectores de El Valle.
La sentencia indica que el expediente contiene 151 documentos elaborados por organismos de investigación que, según el TSJ, sustentan la presunta responsabilidad de Linares Rivero en los delitos imputados.
El respaldo jurídico citado por el tribunal
Para declarar procedente la solicitud, la Sala Penal recordó que Venezuela y Chile mantienen vigente un tratado bilateral de extradición firmado en 1964, el cual contempla la entrega recíproca de personas procesadas o condenadas por las autoridades judiciales de cualquiera de los dos países.
Asimismo, el tribunal citó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de la que ambas naciones son parte, como respaldo jurídico para el procedimiento.
El TSJ sostuvo que los delitos atribuidos a Linares Rivero son de naturaleza común y no política, por lo que considera procedente su extradición para ser juzgado en Venezuela.
En caso de ser hallado culpable, el procesado podría enfrentar una pena de hasta 30 años de prisión, debido a la gravedad de los delitos que le son imputados, entre ellos el de terrorismo.