El no pago de la prima de servicios en la fecha correspondiente constituye un incumplimiento de una obligación legal en Colombia y puede abrir la puerta a reclamos formales, sanciones y acciones judiciales. Este beneficio es una prestación social obligatoria para los trabajadores vinculados mediante contrato laboral, sin importar el tamaño de la empresa ni la actividad económica.
Qué es la prima y a quién aplica
La prima de servicios equivale a un salario mensual por cada año laborado, aunque su pago no se hace de una sola vez. La norma establece dos cuotas iguales de 15 días de salario cada una. También cobija a empleadas domésticas, niñeras, cuidadores y otros trabajadores del servicio doméstico, incluso cuando cumplen jornadas parciales o trabajan solo algunos días por semana, caso en el que el cálculo debe hacerse de forma proporcional.
Este derecho está previsto en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, y no depende de si la empresa obtuvo ganancias o no. Se trata de una obligación adquirida por el empleador, no de un bono discrecional sujeto a la voluntad de la compañía.
Las vías para reclamar
Si la prima no fue pagada en junio, la primera recomendación es hacer el reclamo directamente ante el empleador. Lo ideal es dejar constancia por escrito, ya sea mediante correo electrónico o una comunicación formal, para que quede registrada la fecha de la solicitud y el contenido de la reclamación.
