Economía

Qué hacer si no pagan la prima de junio en Colombia

El retraso en este pago no es un simple error administrativo. La ley colombiana prevé reclamos formales, quejas y hasta demandas laborales.

A scenic view of the historic clock tower and modern buildings in Bogotá, Colombia.

El no pago de la prima de servicios en la fecha correspondiente constituye un incumplimiento de una obligación legal en Colombia y puede abrir la puerta a reclamos formales, sanciones y acciones judiciales. Este beneficio es una prestación social obligatoria para los trabajadores vinculados mediante contrato laboral, sin importar el tamaño de la empresa ni la actividad económica.

Qué es la prima y a quién aplica

La prima de servicios equivale a un salario mensual por cada año laborado, aunque su pago no se hace de una sola vez. La norma establece dos cuotas iguales de 15 días de salario cada una. También cobija a empleadas domésticas, niñeras, cuidadores y otros trabajadores del servicio doméstico, incluso cuando cumplen jornadas parciales o trabajan solo algunos días por semana, caso en el que el cálculo debe hacerse de forma proporcional.

Este derecho está previsto en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, y no depende de si la empresa obtuvo ganancias o no. Se trata de una obligación adquirida por el empleador, no de un bono discrecional sujeto a la voluntad de la compañía.

Las vías para reclamar

Si la prima no fue pagada en junio, la primera recomendación es hacer el reclamo directamente ante el empleador. Lo ideal es dejar constancia por escrito, ya sea mediante correo electrónico o una comunicación formal, para que quede registrada la fecha de la solicitud y el contenido de la reclamación.

Si no hay respuesta o el empleador se niega a pagar, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo, entidad encargada de vigilar el cumplimiento de las normas laborales. Esa instancia puede recibir la queja y, de comprobarse el incumplimiento, imponer sanciones económicas que van desde 1 hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Otra opción es reclamar la indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece un día de salario por cada día de retraso en ciertos casos de mora en salarios y prestaciones. Aunque esa figura suele aplicarse con mayor claridad al finalizar la relación laboral, también se usa como base para sustentar reclamos por pagos atrasados.

Si el conflicto no se resuelve por la vía administrativa, el trabajador puede acudir a un juez laboral y presentar una demanda para exigir el pago de la prima y los intereses moratorios que correspondan. En estos casos, la falta de pago deja de ser un simple atraso y pasa a convertirse en un asunto susceptible de revisión judicial.

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