La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. emitió este 14 de septiembre la Licencia General N.º 52C, la cual sustituye a la LG 52B y amplía la flexibilización para Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA).
Esta modificación posibilita que entidades estadounidenses establecidas puedan realizar las transacciones prohibidas en las órdenes ejecutivas 13884 y 13850, estableciendo parámetros claros bajo los cuales estas compañías de EE. UU. pueden llevar a cabo operaciones comerciales y operativas con PDVSA y sus filiales con al menos 50% de participación accionaria.
Parámetros y requisitos de la Licencia General N.º 52C
La normativa aplica exclusivamente a las entidades estadounidenses que hayan sido constituidas en o antes del 29 de enero de 2025, autorizándolas a entablar y ejecutar relaciones comerciales o contractuales dentro del marco previsto.
Asimismo, la medida establece que todos los pagos dirigidos a personas u organismos bloqueados deben depositarse en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros o en las cuentas específicas que determine el Departamento del Tesoro de EE. UU., quedando excluidos de esta exigencia únicamente los pagos correspondientes a impuestos, permisos o tasas locales.
De igual forma, todo contrato suscrito bajo esta licencia debe estipular formalmente que los procedimientos de arbitraje y resolución de litigios se lleven a cabo en jurisdicciones de los Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur. Por otro lado, cualquier exportación de petróleo o productos petroquímicos venezolanos hacia países distintos de los Estados Unidos requerirá la presentación de informes detallados ante el Departamento de Estado y el Departamento de Energía.
Restricciones y exclusiones vigentes
A pesar del permiso general de operaciones, el Departamento del Tesoro mantuvo restricciones para delimitar el alcance del intercambio comercial, reforzando los mecanismos de fiscalización financiera y cumplimiento internacional.
En ese sentido, la licencia prohíbe explícitamente cualquier transacción que involucre a personas, empresas o empresas mixtas asociadas con Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China. También restringe cambios que alteren la junta directiva, gerencia o gobernanza corporativa de CITGO Petroleum Corporation, Citgo Holding o PDV Holding.
Adicionalmente, quedan prohibidos los pagos en criptomonedas o tokens emitidos por Venezuela, los canjes por deuda, las transacciones en oro y las condiciones comerciales no razonables. La medida tampoco autoriza la liquidación de bonos soberanos o de PDVSA, ni la ejecución de embargos, laudos arbitrales o sentencias judiciales contra activos bloqueados.
