El 30 de octubre, los jurados electorales especiales de Bagua, Moyobamba y Huancayo proclamaron resultados que permiten a tres alcaldes en funciones seguir en escena para el periodo 2027-2030, en medio del debate por la prohibición constitucional de reelección inmediata de autoridades municipales en el Perú.

Condorcanqui: Hermógenes Lozano fue proclamado en Amazonas

En Amazonas, el Jurado Electoral Especial de Bagua proclamó a Hermógenes Lozano Trigoso como alcalde provincial de Condorcanqui para el periodo 2027-2030. Lozano ejerce actualmente ese cargo y en las elecciones del 4 de octubre participó como primer regidor por Somos Perú, luego de la renuncia de Eudes Abelino Chanchari Pérez, quien encabezaba inicialmente la lista.

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El acta oficial de proclamación consignó que Somos Perú obtuvo 6 804 votos, equivalentes al 30.785 % de los votos válidos, por encima del Movimiento Regional Amazonense Unidos al Campo, con 3 226, y de Alianza para el Progreso, con 2 891.

Zapatero: Carlos Francois Hidalgo también quedó proclamado

En San Martín, el Jurado Electoral Especial de Moyobamba proclamó a Carlos Francois Hidalgo Reátegui como alcalde distrital de Zapatero para el mismo periodo. Hidalgo postuló como primer regidor de Renovación Popular y quedó al frente de la lista tras la renuncia de Víctor Francois Flores Hidalgo.

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Según el acta oficial de proclamación, Renovación Popular alcanzó 1 502 votos, para un 44.099 % de los votos válidos, seguida por Avanza País, con 809, y Alianza para el Progreso, con 749. El jurado indicó que la proclamación se produjo después de resolver observaciones e impugnaciones y de completar el cómputo del 100 % de las actas electorales.

Junín: el JEE dejó abierta la definición sobre Benito Aguilar

En San Jerónimo de Tunán, en Junín, el Jurado Electoral Especial de Huancayo proclamó a Benito Stany Aguilar Rojas como primer regidor electo para el periodo 2027-2030, no como alcalde distrital. Aguilar postuló por Batalla Perú, organización que obtuvo 2 113 votos, equivalentes al 28.803 % de los votos válidos.

En ese caso, el jurado advirtió que la postulación del actual alcalde como primer regidor de la misma municipalidad podría vulnerar el artículo 194 de la Constitución y dijo que esa actuación crea el riesgo de configurar fraude a la ley. También precisó que su competencia en esta etapa se limita a proclamar resultados y que la definición sobre si puede asumir la alcaldía corresponde al nuevo concejo municipal y al Jurado Nacional de Elecciones.