El Departamento del Tesoro de Estados Unidos fijó condiciones para permitir el flujo de asistencia financiera hacia Venezuela por la emergencia sísmica, mediante la licencia general GL 60.
Transferencias directas para la reconstrucción
La autorización avala el envío directo de capitales para cooperar con las labores de reconstrucción tras los movimientos telúricos que sufrió el país. La disposición también ampara operaciones de transferencia de recursos de terceros países, siempre que el propósito sea el auxilio inmediato.
Las entidades bancarias y los intermediarios deberán ajustar sus protocolos de cumplimiento para procesar estos fondos dentro del lapso establecido por la administración estadounidense.
La licencia tiene fecha de vencimiento
Las transacciones autorizadas bajo esta figura legal cesarán de forma automática a las 12:00 am del 23 de octubre de 2026.
