Claves

  • Los empleadores no pueden eliminar el salario base por reducción de clientes.
  • Cambios unilaterales pueden constituir despido indirecto.
  • El trabajo intermitente o la suspensión unilateral requieren acuerdo y autorización de la Inspectoría del Trabajo.

Los sismos del 24 de junio afectaron a comercios y empresas en varias regiones del país, pero la emergencia no autoriza a los empleadores a modificar de forma unilateral las condiciones salariales de sus trabajadores.

Empleadores no pueden recortar salarios tras terremotos según la LOTTT

Lo que la ley prohíbe

Según la cuenta jurídica Saber Derecho, el patrono no puede suprimir el salario base alegando una caída en la cantidad de clientes ni obligar a los empleados a depender exclusivamente de propinas o porcentajes de ganancias semanales. Un cambio de este tipo se considera una desmejora de las condiciones laborales y, en algunos casos, puede configurarse como despido indirecto.

El artículo 112 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) permite esquemas de remuneración por comisión, porcentaje o destajo, pero únicamente cuando ambas partes los han acordado previamente.

Trabajo intermitente y suspensión de actividades

Empleadores no pueden recortar salarios tras terremotos según la LOTTT

El intento de instaurar un sistema de trabajo intermitente —una semana laborada y otra sin salario— también está prohibido si se impone sin consenso del trabajador. Obligar a compensar horas extra en una semana para cubrir la inactividad de otra puede constituir otra forma de desmejora laboral.

El artículo 72 de la LOTTT contempla la suspensión de la relación laboral por causas de fuerza mayor, pero exige el cumplimiento del procedimiento ante la Inspectoría del Trabajo. La decisión unilateral del empleador no es válida.

Ante cualquier modificación, se recomienda a los trabajadores conservar contratos, recibos de pago y toda comunicación relacionada con la medida adoptada.

Publicación de Instagram de Abogados CorporativosAbogados Corporativos· InstagramAnte las crisis, la ley sigue vigente. ¿Están aplicando estas medidas en tu lugar de trabajo? Comenta abajo y déjanos ayudarte. 📌 Guarda este post y haz valer tus derechos laborales.Ver en Instagram →