El Banco Central de Venezuela modificó el encaje legal aplicable a los depósitos a plazo de la banca comercial, universal y microfinanciera, con una reducción que entró en vigencia el 15 de septiembre de 2026, según la Resolución N° 26-08-02 publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 7.073.
La banca comercial y universal recibió el mayor ajuste
De acuerdo con el marco regulatorio citado, la tasa de encaje legal para las obligaciones netas a plazo en moneda nacional bajó del 73 % al 50 % en la banca comercial y universal. En el caso de los bancos microfinancieros, el encaje sobre depósitos a plazo se redujo del 40 % al 27 %.
La modificación apunta a liberar parte de los recursos inmovilizados por las entidades financieras y a facilitar la intermediación crediticia. Sin embargo, el alcance del cambio queda acotado a los depósitos a plazo, no al conjunto de las captaciones del sistema.
Hermes Pérez estima un impacto limitado
El economista Hermes Pérez escribió en X que la reducción del encaje resulta «marginal» por estar circunscrita a los depósitos a plazo. Según su estimación, si aumentan esos depósitos, el alivio podría traducirse en un crecimiento limitado de la cartera de créditos de entre 0,1 % y 0,4 % del Producto Interno Bruto para el cierre del año.
La lectura del especialista contrasta con la intención regulatoria de darle mayor holgura operativa a las instituciones bancarias, aunque el propio diseño de la medida restringe su efecto a un segmento específico del ahorro.




