Argentina autoriza préstamos garantizados por hasta US$5.000 millones
El gobierno argentino publicó este lunes un decreto que autoriza al Ministerio de Economía a tomar hasta US$5.000 millones en préstamos garantizados por…
El gobierno argentino publicó este lunes un decreto que autoriza al Ministerio de Economía a tomar hasta US$5.000 millones en préstamos garantizados por organismos internacionales. La medida permite, además, incorporar cláusulas de ley extranjera en las operaciones que negocia con bancos internacionales con respaldo del Banco Mundial, el BID y la CAF.
Respaldo de organismos multilaterales
La disposición llega pocos días después de que el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo aprobaran garantías por US$2.000 millones y US$550 millones, respectivamente. Ese apoyo le abre a Argentina la posibilidad de refinanciar vencimientos de deuda en condiciones más favorables que las que obtendría con una colocación en los mercados internacionales.
Se espera que esta semana también se sume la CAF.
Un paso para conseguir financiamiento
La autorización oficializada en el Boletín Oficial no supone una emisión de nuevos bonos al mercado. En cambio, representa un paso para que el país pueda acceder hasta US$5.000 millones mediante préstamos garantizados que buscará de bancos internacionales, ofreciéndoles cobertura de ley extranjera.
El decreto también deja establecido que el Gobierno argentino podría intentar obtener hasta US$5.000 millones por esta vía, y no los US$4.000 millones que se presumía aportarían inicialmente los bancos.
Detalles de la normativa
La norma faculta al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera, ejercido por la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, a ejecutar operaciones de financiamiento en dólares mediante préstamos con entidades financieras internacionales. Estas operaciones contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
El texto autoriza un monto máximo de US$5.000 millones y habilita la inclusión de cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales de la ciudad de Nueva York, en Estados Unidos. También permite la renuncia a la defensa de inmunidad de jurisdicción para reclamos vinculados a esos contratos, de acuerdo con las prácticas habituales de los mercados internacionales.
El artículo 2 aclara que esa prórroga no implica una renuncia a la inmunidad de ejecución de la República Argentina o de sus agencias sobre bienes soberanos o sobre la ejecución del presupuesto.