La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la condena de 12 años de prisión impuesta a Antonio José Mijares Mota, señalado como integrante de la estructura criminal conocida como el Tren del Llano. La decisión, contenida en la sentencia número 53, determinó la inadmisión de un recurso de casación presentado por la defensa al ser introducido fuera del lapso legal establecido.

Proceso judicial y ratificación de la pena

El expediente judicial detalla que el arresto fue practicado por agentes de la Guardia Nacional Bolivariana adscritos al Destacamento de Comandos Rurales 34-2 en el sector El Quilombo, ubicado en la población de Altagracia de Orituco, en el estado Guárico, zona donde opera la organización delictiva. Posteriormente, la acusación por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en mayor cuantía e intimidación pública fue presentada por el Ministerio Público ante el Tribunal 3.º de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de Guárico, con sede en San Juan de los Morros.

Tras la audiencia preliminar celebrada el 27 de agosto de 2024, el caso pasó a juicio, el cual se desarrolló entre el 2 de diciembre de 2024 y el 26 de febrero de 2025. En esa fecha, el Tribunal 2.º de Juicio de Guárico declaró la responsabilidad penal del procesado y dictó la condena a 12 años de prisión por el delito de tráfico de estupefacientes, resultando absuelto de la acusación por intimidación pública.

Rechazo del recurso de casación

La defensa técnica del acusado, ejercida por el abogado José Jacinto Medina Bravo, apeló la decisión ante la Corte de Apelaciones de Guárico, instancia que declaró sin lugar el recurso el 10 de junio de 2025. Ante esto, la representación legal consignó el 22 de septiembre de 2025 un recurso de casación para revertir la medida.

Al examinar el expediente remitido a Caracas, los magistrados de la Sala Penal constataron que el recurso fue interpuesto fuera del plazo de 15 días contemplado en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo que fue declarado inadmisible por extemporáneo, dejando firme la sentencia contra Mijares Mota.