Por segunda vez, en dos meses, el Decreto de Emergencia Económica presentado por el Ejecutivo avivó una nueva confrontación entre el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Asamblea Nacional (AN), en vista que la Sala Constitucional lo declaró vigente por 60 días más, luego de haber sido negado por la mayoría parlamentaria, en la sesión del jueves.
Ya la prórroga al Decreto N° 2.270 quedó publicada ayer en Gaceta Oficial “para atender de forma prioritaria aspectos de seguridad económica, que encuentra razón, además, en el contexto económico latinoamericano y global actual, y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado (…)”, conforme a lo previsto en el artículo tres del texto de la Emergencia Económica.
La sentencia además reiteró que “el Decreto fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé la Carta Magna, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás normativas aplicables, preservando los Derechos Humanos y en protección del Texto Fundamental, el Estado, sus instituciones y el pueblo, lo cual, además de determinar la validez, vigencia y eficacia jurídica del mismo, motiva el respaldo orgánico de este cuerpo sentenciador de máximo nivel de la Jurisdicción Constitucional, hacia las medidas contenidas en el Decreto objeto de examen de constitucionalidad dictado por el Presidente de la República”.
Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 334 y 335 de la Constitución Sala Constitucional recordó que a este Poder “le corresponde garantizar la supremacía y efectividad de las normas y principios fundamentales, en su condición de máxima y última intérprete de la Carta Magna, en consecuencia, sus decisiones sobre dichas normas y principios son estrictamente vinculantes en función de asegurar la protección y efectiva vigencia de la Carta Fundamental”.
