Política y Economía

Especialistas: El estado de excepción “garantiza la seguridad”

Por primera vez desde 1999 en el país se dicta un Decreto de estado de excepción —por un lapso de 60 días y  en cinco municipios del Táchira— y por parte del presidente Nicolás Maduro. La medida tomada por el Ejecutivo se tomó “para restablecer el orden, la paz y tranquilidad en la frontera colombo-venezolana”, pero ya genera reacciones diversas entre los distintos sectores de la sociedad venezolana por su pertinencia.

El abogado constitucionalista, Juan Luis Núñez, afirmó este sábado, a PANORAMA, que el “estado de excepción” se trata de una acción “apegada a lo que establece la Constitución nacional, a las leyes venezolanas. Está debidamente justificada porque con ello se trata de frenar la extracción de alimentos hacia Colombia, la actividad ilícita de los bachaqueros, el contrabando del papel moneda, hacerle frente al sicariato y el paramilitarismo”.

Agregó que se está “garantizando la seguridad tanto pública como alimentaria del pueblo venezolano. Hay que aclarar que con esta acción Maduro, como actual jefe de Estado está facultado, ha dejado bien claro que no está planteada una suspensión de las garantías. En el país existe la libertad de expresión, el funcionamiento de los tribunales, los poderes, las instituciones. Es una medida constitucional para preservar el orden, la seguridad, la defensa y la integridad de la nación”.

Núñez no descartó que el decreto presidencial —que tiene que pasar por los filtros de la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para su aprobación— pueda extenderse a otros estados del país. “En este caso, el decreto solo aplica en cinco municipios del estado Táchira, fronterizos con Colombia. Particularmente en esas zonas las mafias de Maicao, de San Antonio ven que genera más ganancias traficar alimentos que con droga. No es descartable que el decreto sea extensible al Zulia, pero la decisión está en manos del Presidente”.

A su vez, el también abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, explicó que “hay unos límites en el estado de excepción” decretado por el presidente Maduro, previsto en la Carta Magna, específicamente en los artículos 337, 338 y 339. Recalcó que su aplicación se da para regular “situaciones parciales en lo que respecta al estado de alarma, de emergencia económica, a la conmoción interna o internacional y en el marco de los derechos humanos”.

“El derecho al debido proceso, el derecho a la información, el conjunto de derechos humanos que están no solo en la Constitución, sino en el pacto internacional de derechos civiles y políticos de la Carta de Ddhh de la Organización de Estado Americanos, en ese marco debe desenvolverse el estado de excepción”, indicó Escarrá. 

Para el constitucionalista, la declaración se basa en cómo se perciba que se afecta la seguridad de la nación, de las instituciones, del desenvolvimiento normal de los ciudadanos. “Si han sido insuficientes las facultades que se disponen para enfrentar tales hechos, es decir, que se perciba una situación que pueda afectar la seguridad de la nación en los ámbitos social, político, institucional o económico (…) es cuando el Presidente puede decretar el estado de excepción en consejo de ministros”. 

Ayer, el gobernador de Táchira, José Vielma Mora, retuiteando la cuenta @inforedtachira, informó que cumpliendo el Artículo 339 de la Carta Magna “la Asamblea Nacional (comisión delegada) sesionará el 25 de Agosto (en la entidad) y APROBARÁ el Decreto de Estado de Excepción”.

Según la compilación de Gilberto Guerrero-Rocca, especialista en Derecho Administrativo en su libro Régimen de Gestión, Control y Protección Constitucional de los Servicios Públicos, entre el período 1960-1998 al menos 21 decretos fueron emitidos para controlar las situaciones de emergencia, movimientos militares y sociales en el país. En dicha época se prohibieron reiteradamente derechos fundamentales como el de la libertad, seguridad personal, libre tránsito y reunión, además de la libre expresión y manifestación.

La medida anunciada por el Mandatario, el pasado viernes, es la primera vez que se decreta en el marco de la Constitución venezolana de 1999. 

Desde la oposición, el diputado por el estado Táchira, Walter Márquez, criticó la decisión presidencial y aseguró que con ello se “pretende desviar la atención de la crisis humanitaria que atraviesa Venezuela y busca algunos mecanismos para suspender las elecciones parlamentarias del próximo 6-D, porque ellos saben que va a haber un tsunami electoral”.

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