Opinión

Rodolfo González era responsabilidad del Estado

La mañana de este 13 de marzo, Lissette González, hija del señor Rodolfo González, preso político recluido en la sede del Sebin en El Helicoide, en Caracas, confirmó a través de su cuenta en la red social twitter el fallecimiento de su padre en este recinto policial. Según trascendió, el señor González se habría suicidado al conocer la noticia de que sería trasladado a una cárcel común.

Rodolfo González, de 63 años, fue detenido el 26 de abril de 2014 por efectivos del Sebin tras el allanamiento de su vivienda. Fue acusado de los delitos de asociación para delinquir, tenencia de explosivos y tráfico de armas de fuego. Desde entonces permaneció recluido en la sede del cuerpo policial en El Helicoide. El señor González y sus familiares siempre negaron la versión oficial y alegaron que solo prestaba ayuda a los manifestantes.

La noche del jueves 12 de marzo, Lissette González había informado que a su padre le anunciaron el traslado a una cárcel común para la mañana del 13 de marzo, aunque luego no tuvieron certeza si efectivamente se materializaría o no el mismo. Lissette añadió que estuvo en contacto con su padre hasta las 9:00 pm del jueves. 

Aunque para el momento de escribir estas líneas se desconoce la versión oficial de los hechos, una cosa es cierta: las muertes de ciudadanos ocurridas bajo la custodia del Estado, son responsabilidad —por acción u omisión— del Estado. 

Los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, aprobados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y acogidos por el Estado venezolano, establecen la responsabilidad de los Estados miembros en garantizar el respeto a la integridad, dignidad y respeto a los derechos y garantías fundamentales de las personas privadas de libertad sujetas a su custodia. El Estado tiene la obligación de respetar y garantizar la vida e integridad personal (física y psicológica) de las personas privadas de libertad, y debe asegurar condiciones mínimas de reclusión que sean compatibles con su dignidad.

Desde Provea hemos exigido al Ministerio Público y a la Defensoría del Pueblo que se inicien las investigaciones para determinar, de forma oportuna y transparente, las causas de la muerte del Sr. Rodolfo González y establecer las responsabilidades individuales, directas o indirectas, a que hubiere lugar. 

De igual manera, hemos instado al Estado a cumplir con sus obligaciones en materia de derechos a las personas privadas de libertad. Adecuar los recintos penitenciarios para que cumplan con lo que establece la Convención contra la Tortura, garantizar servicios de salud adecuados, permitir la comunicación permanente de los detenidos con sus abogados y familiares y desaplicar las penas de aislamiento, son algunas de las obligaciones que tiene el Estado venezolano en materia de privados de libertad. 

Asimismo, el Estado venezolano debe permitir sin demora la visita al país del Relator Especial contra la Tortura, tal como lo solicitó el Comité contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas en noviembre pasado y abstenerse de hacer uso excesivo de la prisión preventiva, limitándola solo en casos de extrema necesidad, tal como lo afirmó recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 

El Estado no puede seguir eludiendo su responsabilidad para con los privados de libertad del país.

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