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OPINIÓN Humberto Saras: ¡La soberanía en salsa!

Mucho más, cuando  se trata de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC),  que se convoque con el propósito de reformar el Estado, crear un orden jurídico diferente al vigente y redactar una nueva Constitución.

La soberanía nacional reside de manera intransferible en el pueblo,  que la ejerce mediante el ejercicio del derecho de sufragio. En consecuencia, ninguna autoridad o poder constituido puede situarse por encima de ella.

Una Asamblea Constituyente no es una institución banal. Por el contrario,  es una institución de profundo contenido institucional, democrático y legal, orientada básicamente a refundar el Estado.

Ir a una nueva forma de Estado y a nuevas instituciones constitucionales es una decisión  que sólo compete al pueblo soberano. Por esta razón, quien asume la iniciativa de convocar a una Asamblea Constituyente, debe someter su propuesta a consideración del pueblo. Éste emitirá su veredicto final, a través de un referéndum consultivo.

Realizada la consulta popular,  y en caso de ser aprobada la propuesta, corresponde al ente electoral (CNE) fijar las bases comiciales y elegir por votación universal, directa y secreta a  todos los integrantes o miembros de la Asamblea Nacional Constituyente.

En el supuesto, que los constituyentes, no sean electos por el pueblo, o se convoque a una Asamblea Nacional Constituyente sin consultar previamente a los electores, se estaría vulnerando la soberanía nacional,  y el proceso constituyente estaría viciado  de nulidad absoluta.

Sus actos, por consiguiente, no tendrán efectos jurídicos, ni para particulares ni menos para el Estado, y la Constitución Nacional actual mantendría su plena y total vigencia. Así lo creemos.

 

Humberto Saras

profesor

@HumbertoJSarasG.

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