En todo el texto de la Constitución no se le da esa atribución a más nadie, y el derecho público es de interpretación restrictiva, ningún intérprete puede ir en contra de lo expresamente dispuesto por la Carta Magna. Por tanto, tratar de sustituir al pueblo como convocante constituye una usurpación. En tal sentido el artículo 25 de la Constitución dispone textualmente: “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la Ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusas órdenes superiores”.
De manera clara la Constitución trata por separado la convocatoria en su Artículo 347, y la iniciativa en su Artículo 348 donde autoriza al Presidente, entre otros, para ejercerla en el sentido de promover la consulta al pueblo de manera previa sobre si está de acuerdo o no en convocarla como titular que es de esa atribución.
El 25 de abril de 1999, el pueblo venezolano aprobó en referendo la convocatoria de la Constituyente que se realizó ese año, a pesar de que la Constitución de 1961 no contenía ninguna previsión en esa materia; hoy, cuando la Constitución vigente si establece claramente quien la puede convocar, es un evidente fraude constitucional intentar realizarla usurpando la condición de convocante. En 1999 las bases de la convocatoria a la Constituyente fueron publicadas en la Gaceta Oficial No. 36.669 del 25 de Marzo de ese año, para que cuando el pueblo se pronunciara en Abril las conociera y las aprobara o no de acuerdo a su libre criterio. En las bases comiciales que hoy se pretenden imponer a través de la represión y la muerte a los que nos oponemos, se niega la universalidad del derecho a votar, y que todos los votos valen igual en cualquier parte del país que se emitan.
La trampa que en el fondo está tratando de imponer el gobierno para quedarse en el poder siendo rechazado por la inmensa mayoría de los venezolanos, además de no hacer ninguna elección libre en las fechas previstas por la Constitución, es elegir una supuesta Asamblea Nacional Constituyente integrada por militantes del PSUV y acogerse a lo dispuesto en el Artículo 349 de la Carta Magna de acuerdo al cual “los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. Y con base en ello, disolver la Asamblea Nacional electa democráticamente por el pueblo; sustituir a la fiscal general de la República por intentar hacer valer el estado de derecho; y por supuesto, ratificar la actual Sala Constitucional como premio a su incondicionalidad golpista y delictiva, y con el mandato de darle una patente de corso al gobierno con apariencia constitucional para mantenerse en el poder en contra de la voluntad popular y convertir a esa supuesta Constituyente en una plataforma para lavar el dinero mal habido con el cual se han enriquecido, seguirle brindando impunidad al narcotráfico, y a tantos delitos que tienen al país secuestrado.
