La Dirección General de Juegos de Azar de República Dominicana concedió 30 días para que los propietarios de bancas de lotería, bancas deportivas y otros establecimientos excluidos del Plan Nacional de Regularización declaren voluntariamente sus negocios. El comunicado fue distribuido el 23 de octubre, pero no precisó la fecha exacta de vencimiento.
El anuncio no detalla las consecuencias de incumplir
La comunicación tampoco establece qué medidas podrían aplicarse a quienes no respondan ni cuáles son las condiciones para los operadores que se presenten voluntariamente. La entidad instó a los establecimientos potencialmente irregulares a identificarse ante el Estado.
La normativa prevé cierres y sanciones administrativas
La Resolución 02-2026 contempla medidas de cierre y sanciones administrativas para establecimientos que hayan iniciado operaciones fuera de los plazos legales y sin autorización.
Por otra parte, el artículo 190 de la Ley 86-26 establece un período de 12 meses para incorporar al Sistema Único de Registro a establecimientos que ya operaban legalmente y a determinadas bancas acogidas al plan de regularización. El anuncio no aclaró cómo se aplicaría ese marco a quienes se acojan al nuevo plazo extraordinario.




