La regulación prohíbe financiar la promoción de los candidatos y establece controles para redes, entrevistas y eventos públicos antes de la votación del 29 de noviembre.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador aprobó el 26 de octubre de 2026 un reglamento para fiscalizar la propaganda de los 65 candidatos a las siete vocalías del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). La norma contempla controles sobre redes sociales, entrevistas, vías y actos públicos.
La campaña electoral será del 12 al 26 de noviembre
Durante ese período, solo el CNE podrá promocionar los nombres y la trayectoria de los aspirantes. La legislación que rige al CPCCS prohíbe que partidos, movimientos, actores políticos y funcionarios estatales los promocionen. El reglamento también incorpora el control de publicaciones en redes sociales, sujeto a sanciones según un fallo del Tribunal Contencioso Electoral.
La norma prohíbe que los candidatos reciban o utilicen financiamiento privado para promover sus nombres, trayectoria o propuestas. La restricción incluye recursos propios, aportes de terceros, simpatizantes, organizaciones públicas o privadas y servidores públicos.
El 29 de noviembre, 13,8 millones de ecuatorianos empadronados están convocados a elegir a los siete integrantes del CPCCS y a autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados para el período 2027-2031.
El CNE podrá retirar publicidad y remitir casos al tribunal
Los candidatos tendrán tres días para informar al CNE cuáles cuentas y espacios digitales usan para difundir contenidos. Además, deberán comunicar con dos días de anticipación los eventos, reuniones, entrevistas o actividades públicas en las que participen, para permitir el registro y monitoreo electoral.
El organismo podrá vigilar publicaciones audiovisuales en medios y redes, así como actos en vías públicas. Entre los elementos que sus funcionarios podrán examinar figuran la logística, la amplificación, la convocatoria, el aforo y los elementos promocionales, para analizar si hubo utilización de recursos públicos o financiamiento de cualquier tipo. El monitoreo podrá realizarse con unidades técnicas del CNE o mediante una empresa contratada.
Durante las 48 horas previas a la elección y hasta las 17:00 del 29 de noviembre regirá el silencio electoral. En ese lapso estarán prohibidos los mítines y otros actos electorales, así como la propaganda en redes sociales de candidatos, organizaciones y servidores públicos, incluida la publicación patrocinada.
El CNE y sus delegaciones provinciales podrán suspender o retirar publicidad. Si consideran que hubo una infracción, el caso podrá dar lugar a una denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral. La norma también reconoce que la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil pueden expresarse en redes, reuniones, entrevistas y actividades públicas.
Contenido redactado con asistencia de un LLM.