El Seniat ordenó suspender de forma temporal las sanciones a los establecimientos que no exhiban el Registro de Información Fiscal (RIF), la solvencia del Impuesto sobre la Renta (ISLR) y otros documentos que ya reposan en la base de datos del organismo.
La instrucción fue dada por Román Maniglia a los funcionarios del ente recaudador, con el argumento de avanzar hacia una ruta de modernización y digitalización de los trámites.
Las multas dejan de aplicarse mientras avanzan los sistemas digitales
De acuerdo con la disposición, los funcionarios del Seniat no deben solicitar a los contribuyentes que exhiban en un lugar visible esos recaudos, y las multas por no hacerlo no deben ser aplicadas por ahora.
La medida tendrá carácter temporal hasta que se establezcan los sistemas digitales de supervisión, en el marco de la simplificación de trámites y de la automatización de los procesos.
Maniglia afirmó que la intención es facilitar la gestión del contribuyente ante el Seniat y eliminar las barreras que pudieran existir en los procesos de formalización.
La circular se apoya en la ley de trámites administrativos
La circular divulgada en la publicación en Instagram del superintendente se basa en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos.
Ese artículo instruye a las entidades públicas a garantizar respuestas breves, eficientes y efectivas a la ciudadanía, incorporando tecnologías electrónicas, informáticas y telemáticas que eliminen la duplicidad de requisitos y simplifiquen cada gestión.
Maniglia añadió que se están revisando los marcos normativos para avanzar hacia una interconexión más eficiente entre los actores del sistema tributario, evitando procesos manuales y la impresión de documentos que ya estén en las bases de datos.

