El Banco Central de Venezuela, en el marco de su estrategia monetaria, estableció la vigencia de nuevos niveles en las tasas de interés que las instituciones bancarias deben pagar a sus depositantes, abarcando por primera vez a todas las cuentas corrientes del sistema financiero.
Nuevos rendimientos para el ahorro y los plazos
Entre las modificaciones anunciadas, las tasas aplicadas a los depósitos de ahorro experimentaron un incremento para ubicarse en un mínimo de 42% anual, desde el nivel previo de 32%. Por su parte, las colocaciones a plazo fijo pasaron a un mínimo de 46% anual, en comparación con el 36% anterior.
El emisor financiero detalló que las entidades bancarias mantienen la facultad de ofrecer rendimientos superiores a los mínimos fijados oficialmente. Con esta normativa, el organismo busca estimular que tanto las personas naturales como las jurídicas conserven una mayor proporción de sus saldos en bolívares y fortalecer la estabilidad de precios.
Remuneración obligatoria en cuentas a la vista
La modificación más significativa radica en que la totalidad de los depósitos bancarios perciben retribución desde el martes 15 de septiembre. Específicamente, las captaciones a la vista cuentan con una tasa de interés mínima anual de 10%, la cual se calcula sobre la base del saldo diario registrado en las cuentas corrientes.
