La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, admitió las acciones por intereses colectivos interpuesta por grupos de ciudadanos contra las alcaldesas de los municipios Maracaibo del estado Zulia y San Cristóbal del estado Táchira, Eveling Trejo Álvarez y Patricia Gutiérrez Fernández, respectivamente, además, se acordaron los amparos cautelares solicitados.
Ordenó la Sala en las decisiones números 534 y 536 publicadas este martes, que las alcaldesas realicen todas las acciones y utilicen los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos; además, que procedan a la inmediata remoción de tales obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas, libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana.
Asimismo, se les ordena cumplir con su labor de ordenación del tránsito de vehículos a fin de garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas de sus respectivos municipios; ejercer la protección de los vecinos y habitantes, impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
También la Sala les ordena ejercer la protección a los niños, a las niñas y a los adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías, de conformidad con lo establecido en los artículos 78 y 178, numeral 5 de la Carta Magna, 56 numeral 2 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, 4 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la Ley Orgánica del Ambiente así como en los tipos penales previstos en la Ley Penal del Ambiente.