La Cámara baja aprobó la norma con 124 votos a favor y la envió de vuelta al Senado tras sumar cambios sobre tierras y desalojos.
La Cámara de Diputados aprobó este 21 de octubre el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo y con media sanción previa del Senado de la Nación. La votación terminó con 124 apoyos, 119 rechazos y seis abstenciones.
Esas seis abstenciones, de diputados de Córdoba, fueron decisivas para que el Gobierno consiguiera la mayoría necesaria. En paralelo, el texto volvió a incorporar la vigencia de la ley de tierras de 2011, luego de una discusión que cruzó el debate sobre propiedad privada con el de la venta de tierras a extranjeros.
Un texto que vuelve al Senado con cambios
Con la modificación introducida en Diputados, el proyecto deberá regresar al Senado de la Nación. La Cámara alta tendrá que decidir si acepta la versión con cambios o si insiste con el texto original.
Además de reponer la ley de tierras, la iniciativa salió de Diputados con un endurecimiento de las reglas para expropiar bienes. El texto exige declaración de utilidad pública, pago previo de indemnización a valor de mercado y reconocimiento del lucro cesante.
Los críticos de la norma sostienen que, con esas exigencias, el Estado enfrentará mayores obstáculos para avanzar con obras públicas que requieran incorporar propiedad privada.
Desalojos más rápidos y sanciones más duras
Uno de los ejes más sensibles del proyecto es el de los desalojos de inmuebles ocupados. La iniciativa prevé juicios sumarísimos y un plazo de protección de diez días para personas vulnerables.
Según Santiago Santurio, la agilización de los desalojos busca restituir rápidamente los inmuebles a sus propietarios y responde a que la ocupación de viviendas, a su juicio, desalienta la oferta de alquileres.
Para inmuebles de uso habitacional, el locador deberá intimar fehacientemente al pago y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos desde la recepción de la intimación. Si el inquilino no regulariza la deuda, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que se tramitará en un plazo adicional de 10 días hábiles.
En los casos de falta de pago o vencimiento del contrato, el proyecto también prevé la posibilidad de obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria. Si luego se comprueba que el propietario ocultó hechos o documentos para obtenerla, se le impondrá una multa de hasta 10 veces el monto del alquiler mensual a favor de la contraparte.
Cuando en el inmueble residan menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención a los organismos competentes, entre ellos el Ministerio Público Tutelar, para asegurar una alternativa habitacional transitoria en un plazo máximo de 10 días, sin frenar el proceso principal.
Contenido redactado con asistencia de un LLM.