Política y Economía

Parámetros de seguridad para pagos sin contacto establecidos por Sudeban

Sudeban establece parámetros de seguridad a pagos sin contacto

Sudeban establece parámetros de seguridad a pagos sin contacto

La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ha establecido el marco normativo para la utilización de la tecnología inalámbrica de corto alcance o NFT (Near Field Communications), que permite la realización de pagos sin contacto o contactless a través de tarjetas. En la circular número 07735, fechada el pasado 27 de noviembre, la Sudeban ordena a los bancos la definición de montos límites diarios para el uso de estos instrumentos.

Montos límites diarios y medidas de control

La Sudeban establece que los bancos deben someter a aprobación previa del ente regulador sus planes de implantación de esta tecnología y deben reforzar las medidas de control para evitar prácticas fraudulentas. Los montos límites diarios para los pagos sin contacto deberán ser actualizados al menos con frecuencia semestral, con base en los estudios de la Unidad de Administración Integral de Riesgos (Uair).

Además, la norma ordena requerir el factor de autenticación categoría 2 para la realización de pagos con tarjetas contactless cuando superen el Monto Límite Inferior Diario (Mlid). También establece que se debe introducir la tarjeta de proximidad sin contacto en el dispositivo de pago con el propósito de validar los parámetros para autorizar la operación de pago en caso de que el valor de la transacción o la sumatoria de las transacciones del día excedan el Monto Límite Superior Diario (Mlsd) definido.

Monitoreo de transacciones sin contacto

La circular también ordena a los entes regulados reforzar las labores de monitoreo de las operaciones realizadas con tarjetas sin contacto, para la detección en tiempo real de las transacciones no habituales o inusuales realizadas por los clientes. Recomienda la evaluación de tendencias transaccionales, la activación de alertas tempranas cuando el comportamiento del cliente no se ajusta a parámetros habituales, la notificación oportuna a los clientes de transacciones inusuales con sus cuentas, y el bloqueo o suspensión de acceso al canal de pago en caso de detectar actividades irregulares que pudieran comprometer la información del cliente.

Notificaciones a los clientes y comunicación efectiva

La Sudeban ordena a los bancos habilitar un sistema por medio electrónico o SMS para notificar inmediatamente las operaciones realizadas con instrumentos contactless a los clientes, con detalles de fecha, hora, tipo de operación, serial o número de referencia de la operación, canal electrónico utilizado, además de nombre y número de teléfono de la institución. También los entes regulados por la Sudeban deberán disponer de medios de comunicación efectivos para procesar reclamos, notificaciones y posibles fraudes con reporte de hora y fecha, además de dar seguimiento a estas comunicaciones de manera oportuna.

La adopción de tecnologías contactless por parte de varios bancos ha sido anunciada, destacando la capacidad de esta tecnología para agilizar los pagos de manera segura. Sin embargo, la circular suscrita por la superintendenta de Bancos, Anabel Pereira Fernández, refuerza los controles de cara a los clientes.

Síguenos

Comentarios

Inicia sesión para unirte a la conversación.

Cargando comentarios…

Más en Política y Economía