El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este sábado su decisión de suspender, de manera cautelar, los efectos y actos de siete de las sesiones de la Asamblea Nacional que se llevaron a cabo entre los meses de abril y mayo pasado.
Tras la medida, el presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup, se pronunció en las redes sociales. “Continúan las sentencias fraudulentas de la salainconstitucionaltsj para violar la Constitución y negar la voluntad popular. ¡Hampones!”, expresó en su cuenta de Twitter @hramosallup.
“De los 7 integrantes de la salainconstitucionaltsj solo uno cumple con los requisitos de la CRBV y de la ley del TSJ para ser magistrado”, señaló en un segundo tuit.
Continúan las sentencias fraudulentas de la salainconstitucionaltsj para violar la Constitución y negar la voluntad popular. ¡Hampones!
— Henry Ramos Allup (@hramosallup)
De los 7 integrantes de la salainconstitucionaltsj solo uno cumple con los requisitos de la CRBV y de la ley del TSJ para ser magistrado.
— Henry Ramos Allup (@hramosallup)
Con ocasión a la solicitud de nulidad, conjuntamente con acción de amparo cautelar, interpuesta por un grupo de diputados contra varias sesiones de la Asamblea Nacional, ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional suspendió de manera cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas.
Asimismo, la sentencia con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover ordenó requerir de manera cautelar a la Asamblea Nacional, a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La información fue suministrada por Tribunal Supremo de Justicia en su portal web. Para ver la sentencia haga