Política y Economía

Exfiscal Isaías Rodríguez: Sentencia del TSJ es controversial, pero está ajustada a derecho

El ex fiscal general de la República Isaías Rodríguez, indicó este viernes que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la que el Poder Judicial asume la funciones del Parlamento por su desacato, está ajustada a derecho. 

Consultado vía telefónica por VTV, Rodríguez explicó que el Poder Judicial sustenta sus decisiones en los artículos 335 y 336 de la Constitución, que definen los límites y competencias de la labor del TSJ, entre ellas dirimir las diferencias entre los Poderes Públicos.

«Es una sentencia controversial pero es una sentencia ajustada a derecho. Es una sentencia en donde la Sala Constitucional hace valer las competencias que le establece el artículo 335 y 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», señaló.

Explicó que en uso de esas facultades constitucionales y ante la decisión del Parlamento de «desacatar las decisiones de esa Sala Constitucional es perfectamente posible que alguno de los poderes, y el más indicado es el poder judicial, debe establecer una forma de ordenar el Estado».

Rodríguez, quien es abogado y actualmente se desempeña como embajador de Venezuela en Italia, también invitó a revisar con detenimiento la sentencia del TSJ.

«Yo no percibo, por ejemplo, que haya en esa sentencia ninguna intención de dar un Golpe de Estado (…) La Asamblea Nacional no ha sido disuelta, simplemente algunas de sus funciones, para poder desarrollar el Estado de Derecho, van a ser ejercidas por la Sala Constitucional ante una situación de desacato», dijo.

La Sala Constitucional emitió el pasado miércoles una sentencia en la que advierte que mientras persista la condición de desacato de la AN, la citada instancia del máximo tribunal del país «garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho.»

El dictamen indica que ante el desacato del Parlamento, los actos y decisiones de este poder público son nulos y no tienen validez jurídica.

“Considero un deber histórico e ineludible, no solo en mi condición de Fiscal General de la República, si no como ciudadana de este país, referirme a las recientes decisiones signadas con los números 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo que constituye una ruptura del orden constitucional. Es mi obligación manifestar ante el país mi alta preocupación por tal evento (…) Sobretodo  considerando que todos los venezolanos a través del proceso Constituyente de 1999 logramos generar este contrato social que es la Constitución de la República bolivariana de Venezuela (…) El presidente Chávez fue el impulsor de esta Constitución”.

 

 

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