Cuatro abogados sostienen que un impedimento de salida del país solo puede sostenerse con una orden judicial y que las alertas migratorias sin ese respaldo son ilegales. Ante ese escenario, recomiendan al ciudadano acudir a la Procuraduría General o a Migración con documentos que prueben que no tiene causas pendientes o que la restricción ya fue levantada.
Los juristas José Valdez, Manuel Soto Lara, Cándido Simó y Freddy Díaz señalan que, si la persona pasó por un proceso penal, debe presentar certificaciones de sentencias o decisiones que acrediten el cierre del caso o el levantamiento de la medida.
Cómo verificar si persiste la restricción
José Valdez y Freddy Díaz explican que el interesado puede ir a la Dirección General de Migración y pedir una certificación de su estado, un documento que solo se entrega a la persona afectada. También indican que es posible acudir a la Procuraduría General para cerciorarse, aunque allí suelen mostrar resistencia a ofrecer información, pese a que —según los abogados— están obligados a hacerlo por ley.
Valdez añadió que en Migración se debe pagar dos mil pesos para tramitar la solicitud con la que se confirma si existe o no el impedimento de salida.
La depuración del sistema y el caso de Jean Alain Rodríguez
La Procuraduría General informó el martes, mediante una nota de prensa, que pidió a la Dirección General de Migración levantar cualquier alerta o impedimento de salida que no haya sido emitido por un tribunal. Según ese organismo, la actualización del sistema migratorio permitió eliminar esa traba a 56.140 personas, tras auditar tres décadas de datos acumulados que no habían sido actualizados de oficio.
El órgano persecutor sostuvo que esos registros carecían de sustento judicial y limitaban el derecho al libre tránsito, ya fuera por procesos ya concluidos o por errores administrativos.
El texto también recuerda que en septiembre del año pasado el juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal, acogió una acción de habeas data del exprocurador general Jean Alain Rodríguez y ordenó a Migración entregar el documento que dispuso la restricción migratoria en noviembre de 2020 y junio de 2021. Además, impuso una sanción económica de 30.000 pesos por cada día de retraso en la entrega de esa documentación.
Sin embargo, el abogado Carlos Balcácer afirmó que Migración nunca entregó los documentos porque negó haber encontrado órdenes. Añadió que alegaron que la alerta correspondía a una administración pasada y que no localizaron ningún oficio de la Procuraduría relacionado con el caso.
Lo que admitió la entonces procuradora
Tras la difusión del impedimento de salida de Jean Alain Rodríguez, la entonces procuradora Miriam Germán Brito admitió que esas alertas no están permitidas en la legislación dominicana. Según una publicación del 28 de junio de 2021, Germán Brito dijo que se reunió con Wilson Camacho, Yeni Berenice Reynoso y el director de Migración, y sostuvo que debían dejarse sin efecto por ser contrarias a la ley.
De acuerdo con esa versión, solo el director de Migración estuvo de acuerdo con eliminar las alertas.





