A tres semanas de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la definición sobre cinco distritos peruanos sigue abierta. En esas jurisdicciones, los Jurados Electorales Especiales anularon o revisan la validez de la elección municipal tras denuncias de violencia, quema de material electoral o alto ausentismo.
Los expedientes se concentran en Piura, La Libertad y Loreto. Algunas resoluciones ya fueron apeladas y están en manos del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que deberá decidir si confirma las nulidades o si ordena revisar el cómputo antes de una eventual convocatoria a elecciones complementarias.
La ley permite anular una elección por tres causales
Ernesto Rosales, vocero del Jurado Nacional de Elecciones, explicó que la Ley de Elecciones Municipales establece tres causales para anular una elección distrital o provincial: graves irregularidades que vulneren la norma electoral y alteren los resultados, ausentismo superior al 50 % de los electores hábiles, o votos nulos o en blanco que, por separado o sumados, superen los dos tercios de los votos emitidos.
Rosales añadió que la nulidad es el último recurso, porque la prioridad es conservar el voto. Si la decisión queda firme, corresponderá organizar elecciones municipales complementarias con un calendario propio.
San Juan de Bigote, Pataz, Urpay, Balsapuerto y Santa Cruz
En San Juan de Bigote, en Morropón, Piura, el Jurado Electoral Especial anuló primero la elección distrital el 8 de octubre, tras un pedido de Alianza para el Progreso. El caso giró en torno a la irrupción de un grupo de personas en el único local de votación y a la destrucción de ánforas, cédulas y actas, lo que impidió concluir el escrutinio y afectó el material electoral de las 23 mesas.
Luego, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones revocó esa nulidad y ordenó revisar mesa por mesa el material recuperado y lacrado por la Fiscalía. Tras esa revisión, el 25 de octubre, el Jurado Electoral Especial concluyó otra vez que no era posible recuperar los resultados de ninguna de las 23 mesas, porque las actas disponibles no eran utilizables y las cédulas recuperadas no ofrecían garantías de integridad. En ese distrito estaban habilitados 6 710 electores.
En Pataz, La Libertad, el Jurado Electoral Especial anuló de oficio la elección distrital el 19 de octubre, luego de que el ausentismo llegara al 52,5 %, por encima del límite legal. De 6 978 electores hábiles, 3 664 no acudieron a votar. La apelación quedó fijada para una audiencia del 27 de octubre a las 10:30 a. m.
En Urpay, también en Pataz, el Jurado Electoral Especial declaró el 22 de octubre la nulidad total de la elección por hechos de violencia ocurridos la noche del 4 de octubre. Según la resolución, unas 300 personas ingresaron por la fuerza a uno de los dos locales de votación y quemaron ánforas, cédulas y actas electorales. Los personeros de Somos Perú y Avanza País entregaron copias de actas de cuatro de las nueve mesas, pero el órgano electoral consideró que no garantizaban la integridad de los votos.
En Loreto, Balsapuerto fue uno de los distritos con nulidad declarada. Acción Popular denunció que durante el escrutinio un grupo de personas irrumpió en los locales de votación y quemó material electoral. El Jurado Electoral Especial de Alto Amazonas anuló la elección el 13 de octubre y sostuvo que los daños alcanzaron las 29 mesas de los dos locales de votación, donde había 8 475 electores.
El otro caso de Loreto es Santa Cruz, también en Alto Amazonas. Allí, Acción Popular y Alianza para el Progreso pidieron la nulidad por actos de violencia durante el escrutinio. El informe de fiscalización registró incidentes en los tres locales de votación del distrito, incluida la firma bajo amenaza de un acta que declaraba una supuesta nulidad. El 13 de octubre, el Jurado Electoral Especial declaró nula la elección municipal distrital al concluir que la quema de material y la interrupción del escrutinio en las 18 mesas impedían conocer con certeza los resultados. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la apelación el 21 de octubre.
Con esos expedientes aún abiertos o ya resueltos en primera instancia, la decisión final sobre cada distrito dependerá del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Si las nulidades quedan firmes, la autoridad electoral deberá evaluar la convocatoria a elecciones municipales complementarias.




