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Seniat frena revisión del RIF visible en comercios

La medida suspende de forma temporal la exigencia de mostrar el RIF y otros papeles ya registrados en el organismo. Seniat anunció que luego activará mecanismos electrónicos para verificar datos.

Seniat frena revisión del RIF visible en comercios

El Seniat ordenó a sus funcionarios dejar de exigir, de forma temporal, la exhibición visible del Registro de Información Fiscal (RIF) en los comercios y de otros documentos que ya reposen en su base de datos.

La circular que ordena la pausa

La instrucción quedó establecida en la circular SNAT/2026/4610, fechada el 30 de julio de 2026 y dirigida a la Intendencia Nacional de Tributos Internos, gerentes regionales, jefes de sectores y de unidades de tributos internos.

Según el documento, la decisión se apoya en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, que manda a la administración pública a adecuar sus procedimientos para responder más rápido y eliminar requisitos duplicados mediante herramientas electrónicas.

Qué dejarán de revisar los funcionarios

El organismo indicó que, mientras dure esta medida, sus funcionarios deberán abstenerse de revisar, comprobar o inspeccionar el cumplimiento del deber formal de exhibir el RIF, la copia de la declaración de Impuesto sobre la Renta del año anterior o cualquier otro documento que ya esté en poder de la administración tributaria.

Román Maniglia afirmó en su cuenta de X que ningún contribuyente podrá ser sancionado por esta razón y que la iniciativa forma parte de una ruta de simplificación de trámites basada en modernización, digitalización y automatización.

La circular añade que más adelante se anunciarán los mecanismos electrónicos y telemáticos que se usarán para verificar la información requerida a los contribuyentes. Esos canales, según el texto, buscarán agilizar la verificación de obligaciones formales, facilitar la autogestión y fortalecer el control fiscal adaptado a nuevas tecnologías.

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