La abogada y especialista en tránsito Carla Natera señaló que las normas vigentes sancionan a los motociclistas que circulen entre canales, cambien de carril con frecuencia o transporten a más de dos personas. También mencionó las cargas superiores a 90 kilogramos sin acondicionamiento adecuado.

Las normas también prohíben circular en contravía

Según Natera, la regulación prohíbe conducir por las áreas peatonales, hacerlo en contravía y manejar sin casco o elementos de protección. La especialista indicó que los artículos 169 y 170 de la Ley de Transporte Terrestre contemplan multas de entre cinco y 10 unidades tributarias.

Natera cuestiona el monto de las multas

La abogada afirmó que las sanciones económicas están desactualizadas y que varios municipios han recurrido a ordenanzas propias para ajustar el régimen de infracciones a las condiciones económicas y viales actuales.

Natera precisó que la ley no prohíbe el tránsito de motocicletas por autopistas. Aun así, sostuvo que respetar las normas de circulación es fundamental para la seguridad de quienes usan las vías.