Justicia

Capturan en Colombia a joven venezolano buscado por homicidio

Un adolescente venezolano, acusado de participar en el asesinato de un adulto en 2020, fue detenido en Colombia. El TSJ declaró procedente su extradición.

Capturan en Colombia a joven venezolano buscado por homicidio

Las autoridades de Interpol Colombia capturaron a un joven venezolano, acusado de haber participado en el robo y asesinato de un adulto en una vivienda de Calabozo, en el estado Guárico. El Ministerio Público solicitó su extradición, trámite que ya fue declarado procedente por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), según la sentencia 422 emitida el 24 de septiembre de 2024, firmada por las magistradas Carmen Marisela Castro, Grisell de los Ángeles López y Eulalia Guerrero.

El crimen en Calabozo

De acuerdo con la sentencia, el 21 de marzo de 2020, el adolescente —en compañía de otros sujetos— ingresó a la residencia de Enrique Guillermo Bello del Nogal (67), ubicada en el sector Casco Central, carrera 3 entre calle 3 y 4, en Calabozo. Allí, los agresores le causaron la muerte mediante asfixia mecánica por estrangulamiento.

Tras el homicidio, los implicados huyeron en un vehículo Ford que estaba estacionado en el inmueble, llevándose un aire acondicionado, un televisor y un teléfono celular.

Nueve meses después, el 17 de diciembre de 2020, el Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Guárico libró una orden de aprehensión contra el joven por los presuntos delitos de homicidio calificado, robo agravado y robo agravado de vehículo automotor.

El 14 de abril de 2024, el tribunal acordó iniciar el procedimiento de extradición activa y remitió el expediente a la Sala Penal del TSJ para su decisión final.

Fundamento legal y garantías procesales

La Sala Penal basó su decisión en el Acuerdo Bolivariano sobre Extradición, suscrito en 1914 por varios países de la región, entre ellos Colombia y Venezuela. Este tratado obliga a los Estados firmantes a entregarse mutuamente a personas procesadas o condenadas por delitos especificados.

Los magistrados determinaron que el expediente cumplía con los requisitos del acuerdo, incluyendo la exclusión de delitos políticos. En la sentencia, se señala que «la conducta por la cual se requiere la extradición del mencionado joven adulto no puede ser apreciada como constitutiva de delito político».

Además, la Sala Penal ratificó la prohibición de juzgar al imputado en ausencia, conforme al artículo 49 de la Constitución, el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. Los magistrados destacaron que esta garantía busca evitar que una persona sea juzgada sin su presencia y sin poder ejercer su derecho a la defensa.

La Sala concluyó que existen razones suficientes para que el adolescente sea juzgado en Venezuela.

Síguenos

ThreadsX

Comentarios

Inicia sesión para unirte a la conversación.

Cargando comentarios…

Más en Justicia