Economía

La CNMC multa a Ibai, Jordi Wild y Nachter por publicidad

El regulador español sancionó a los tres creadores por infracciones en publicidad, protección de menores y anuncios de medicamentos en redes sociales.

La CNMC multa a Ibai, Jordi Wild y Nachter por publicidad
Crédito: imagenes.20minutos.es

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto sanciones a los creadores de contenido Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual en materia de identificación publicitaria, protección de menores y promoción de medicamentos en redes sociales.

Multas y reducciones

Ibai Llanos recibió una multa de 710 euros, aunque la cifra quedó en 568 euros por pago anticipado. Jordi Wild fue sancionado con 1.543,44 euros, reducidos a 1.241,95 euros. En el caso de Nachter, la penalización ascendió a 1.779,94 euros y bajó a 1.067,96 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago anticipado. En conjunto, las tres resoluciones superan los 4.000 euros.

La CNMC explicó que las decisiones fueron aprobadas en la Sala de Supervisión Regulatoria, con el voto particular de un consejero, y declaran acreditadas infracciones graves del artículo 158.31 de la ley, aplicable a los denominados usuarios de especial relevancia. El organismo señaló que las obligaciones legales recaen directamente sobre los creadores que desarrollan su actividad de forma profesional, con independencia de las herramientas que ofrezcan las plataformas donde publican sus contenidos.

Qué detectó el regulador

En el caso de Ibai Llanos, el expediente concluyó que varios vídeos difundidos en la red social X incluían marcas comercializadas en el marco de la presentación del evento La Velada, pero sin la señalización necesaria para diferenciar con claridad la comunicación comercial del contenido editorial.

El procedimiento contra Jordi Wild se centró en vídeos publicados en YouTube a través de los canales @ElRinconDeGiorgio y @dwt_fighting, vinculados al evento Dogfight Wild Tournament. El regulador constató que los contenidos de combates de contacto extremo no contaban con la calificación por edades exigida, ni con advertencias sobre su contenido, ni con filtros para limitar el acceso de menores.

En cuanto a Nachter, la CNMC acreditó la difusión de publicidad de productos antigripales en Instagram y Facebook sin las advertencias sanitarias ni la identificación explícita que exige la normativa sobre medicamentos. El organismo recordó que las menciones publicitarias deben aparecer de forma directa y visible dentro de la propia pieza audiovisual, ya que parte del público no revisa las descripciones en texto. También precisó que expresiones como “colaboración” o “embajador de marca” no cumplen por sí solas con las exigencias de transparencia.

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