El Banco Central de Venezuela (BCV) oficializó una adecuación en la estructura financiera nacional que obliga a la banca a remunerar la totalidad de las captaciones del público. El marco normativo establece un rendimiento obligatorio del 10 % anual para cuentas corrientes, eleva el de las cuentas de ahorro del 32 % al 42 % anual y fija en 46 % el piso para los depósitos a plazo fijo, calculados sobre el saldo diario.
Al momento de esta publicación, el dólar paralelo se cotizaba en 987,04 Bs y la tasa oficial del BCV en 849,56 Bs, según Precio Dólar Paralelo.
Nueva estructura de tasas y penalizaciones
Jesús Palacios Chacín, economista y profesor del IESA y la UCAB, explicó que la medida forma parte de una política monetaria restrictiva orientada a incentivar el ahorro y encarecer el financiamiento. El ajuste se complementa con un incremento en las penalizaciones por déficit de encaje legal, que pasó del 60 % al 192 %, con el propósito de drenar liquidez ante el incremento previsto del gasto público hacia el cierre del año.
Impacto en el crédito y el mercado cambiario
El diagnóstico macroeconómico señala que estas tasas de rendimiento se ubican frente a una inflación interanual del 530 %, por lo que el retorno real de los ahorros permanece en terreno negativo. Asimismo, con el encaje anclado en 73 % y un castigo del 192 %, se restringe la capacidad prestable de las instituciones financieras al 27 % restante de los depósitos, buscando contener el flujo de bolívares hacia el mercado cambiario.
