El Banco Central de Venezuela (BCV) redujo desde el 15 de septiembre de 2026 el encaje legal exigido sobre depósitos a plazo en moneda nacional: la tasa pasó de 73% a 50% para la banca comercial y universal, y de 40% a 27% para los bancos microfinancieros.
Los nuevos porcentajes rigen desde septiembre
El cambio quedó establecido mediante la Resolución N.º 26-08-02 y, según el contenido publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 7.073, se aplica a las obligaciones netas a plazo en moneda nacional de las instituciones mencionadas.
La modificación se limita a los depósitos a plazo. La información disponible no detalla cambios en las tasas de encaje aplicables a otras obligaciones bancarias.
Hermes Pérez prevé un efecto limitado sobre el crédito
El economista Hermes Pérez calificó la reducción de «marginal» en una publicación en la red social X. Su valoración se basa en que el ajuste solo abarca los depósitos a plazo.





