La Comisión Nacional de Telecomunicaciones informa a los operadores del servicio de telefonía móvil que estará recibiendo propuestas, observaciones y comentarios para la revisión y modificación de la Providencia Administrativa N° 572, que establece las Normas Relativas al Requerimiento de Datos Personales de los Abonados del Servicio de Telefonía Móvil por Parte de los Operadores de Servicio, (Gaceta Oficial N° 38.157, del 1ero de abril de 2005).
A continuación el texto íntegro del comunicado oficial de CONATEL:
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
206°, 157º y 17º
Caracas, 22 de septiembre de 2016
A LOS OPERADORES DEL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, informa a todos los operadores de servicios de telecomunicaciones, de acuerdo con la potestad de regulación de la actividad de telecomunicaciones atribuida según el artículo 37 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en el marco de las políticas destinadas a impulsar el Motor de Telecomunicaciones e Informática y a promover la participación ciudadana, está Comisión Nacional de Telecomunicaciones estará recibiendo todas los propuestas, observaciones y comentarios para la revisión y modificación de la Providencia Administrativa N° 572, que establece las Normas relativas al Requerimiento de Datos Personales de los Abonados del Servicio de Telefonía Móvil por Parte de los Operadores de Servicio, (Gaceta Oficial N° 38.157, del 1ero de abril de 2005).
Todo ello, a los fines de impulsar medidas destinadas a implementar mecanismos de digitalización de la información, que generen alguna modificación de la mencionada Providencia Administrativa Nº 572.
En ese sentido, se insta a todos los interesados a remitir sus aportes a la sede de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, ubicada en la Avenida Veracruz, edificio CONATEL, urbanización Las Mercedes, municipio Baruta, estado Bolivariano de Miranda, o a través del correo electrónico: [email protected], a cuyo efecto dispondrán del periodo comprendido desde el día 23 de septiembre al día 30 de septiembre del presente año, ambos días inclusive.
Comuníquese.
William Alfredo Castillo Bollé
Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Según Decreto Nº 767 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 40.346, de fecha 31 de enero de 2014.