# Las claves de la Ley contra  el Odio y por la Convivencia

> El marco legal aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente fue publicado ayer en la Gaceta Oficial número 41.274 y consta  de 25 artículos.   Según el fiscal  Tarek William es para que “nunca ocurran hechos violentos”. Julio Borges, presidente de la AN, dijo que “es para castigar a quien piensa distinto”.  Artículo 11 Prohibición a

Por Priselen Martínez Haullier · 11 de octubre de 2017 · Política y Economía

![Las claves de la Ley contra  el Odio y por la Convivencia](https://panorama.onl/app/uploads/9e0727bee3b7baf3.jpg)

El marco legal aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente fue publicado ayer en la Gaceta Oficial número 41.274 y consta  de 25 artículos.  

Según el fiscal  Tarek William es para que “nunca ocurran hechos violentos”. Julio Borges, presidente de la AN, dijo que “es para castigar a quien piensa distinto”. 

**Artículo 11 Prohibición a los partidos políticos** Los partidos políticos cuya declaración de principios o actas constitutivas, estatutos promuevan el fascismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, ideológico, de género que constituya incitación, discriminación y la violencia no podrán ser inscritos ante el CNE, asimismo le será revocada la inscripción a quienes incumplan con este artículo. 

**Artículo 12 Promoción de mensajes de paz**  Los prestadores de servicio de radio, TV por suscripción y medios impresos tanto públicos como privados y comunitarios están obligados a difundir mensajes  de  de paz, tolerancia, igualdad, respeto y diversidad. El Estado podrá ordenarles su difusión por 30 minutos semanales con prioridad a los producidos productores independientes y Poder Popular. 

**Artículo 13 Cero propaganda de guerra e intolerancia** Queda prohibida la propaganda y mensajes a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial  y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia. El Estado garantizará su cumplimiento en  radio, TV,  medios impresos públicos, privados, comunitarios y medios electrónicos. 

**Artículos 17 y 18 Una comisión para la convivencia pacífica** Se creará la comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica que se encargará de fomentar y garantizar la paz. Estará conformada por 15 miembros entre ellos: Tres miembros de la ANC, los ministros de Educación y Educación Universitaria; Interior, Justicia y Paz, Comunicación, TSJ, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, un rector del CNE. 

**Artículo 20 Prisión de 10 a 20 años por incitación** Quien públicamente o mediante cualquier medio promueva e incite el odio, la discriminación contra una persona o grupo de personas en razón a su pertenencia real, identidad de género, u otro motivo  será sancionado con prisión de 10 a 20 años sin perjuicio de responsabilidad  y disciplinaria por los daños causados.

**Artículo 21 Agravante por odio e intolerancia** Será considerado  como un agravante  de todo  hecho punible  que sea ejecutado  o incrementado por motivo de la pertenencia  real o presunta,  de la víctima  a determinado grupo racial, religioso o político, así como por motivos de género cualquier motivo discriminatorio con una sanción aplicable al límite máximo de la pena establecida al hecho punible.  

**Artículo 22 Sanción por la difusión de mensajes de odio** El prestador de radio o TV que difunda  mensajes a favor de la  guerra o apología del odio nacional  será sancionados con la revocatoria de la concesión según la Ley Resorte. En el caso de medios electrónicos y redes sociales  si no es retirada dentro de las 6 horas  siguientes a la publicación será sancionado con una multa de 50 mil a 100 mil UT. 

**Artículo 24 Castigo por omisión y obstrucción** Con prisión de ocho a 10 años será sancionado todo funcionario policial o militar que en el ejercicio de sus funciones  voluntariamente se abstenga, omita o retarde  intervenir para evitar la consumación  de cualquiera de los hechos punibles, salvo que medien circunstancias de fuerza mayor o  hecho que ponga en peligro su integridad.

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**Fuente:** https://panorama.onl/politicayeconomia/Las-claves-de-la-Ley-contra--el-Odio-y-por-la-Convivencia-20171110-0001.html
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