# Esta es la sentencia del TSJ que admite acción de Procuraduría General

> En su sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se declaró competente para conocer la acción ejercida por el Procurador General de la República (E), Dr. Reinaldo Muñoz, donde solicita al TSJ previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea Nacional en contra de la Constitución, como lo fue el acto

Por Redacción Web / Agencias · 16 de noviembre de 2016 · Política y Economía

![Esta es la sentencia del TSJ que admite acción de Procuraduría General](https://panorama.onl/app/uploads/25544cb0d944f42d.jpg)

En su sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016,**la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)** se declaró competente para conocer la acción ejercida por el Procurador General de la República (E), Dr. Reinaldo Muñoz, donde solicita al TSJ previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea Nacional en contra de la Constitución, como lo fue el acto parlamentario denominado ****, aprobado el 25 de octubre de 2016 y dictado durante el desacato que aún mantiene el referido órgano legislativo.

**La Sala ordenó a diputadas y diputados de la Asamblea Nacional (AN) abstenerse de continuar el inconstitucional, nulo e inexistente “juicio político”** en contra del Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, así como evitar dictar cualquier tipo de acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se encuentre al margen de sus competencias y, en fin, fuera de lo previsto en la Constitución.

La máxima intérprete y protectora judicial de la Carta Magna recordó la sentencia 808 del 2 de septiembre de 2016, en la que se declararon manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

La decisión prohíbe convocar y realizar actos que alteren el orden público, realizar instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones violatorias de los derechos constitucionales y del orden jurídico en general.

****introdujo el miércoles 9 de noviembre, una 'acción de amparo autónomo' contra la Asamblea Nacional.

«Esta acción es por recientes actuaciones de la Asamblea Nacional con las que ha emitido amenazas contra los poderes públicos simulando actuaciones jurídicas que no guardan relación alguna con instituciones del derecho constitucional venezolano», indicó el procurador en esa oportunidad a las afueras del TSJ.

****

**El presidente de la AN, Henry Ramos Allup, indicó que  la responsabilidad política la determina y la asigna la Asamblea  Nacional** luego de la evaluación correspondiente.

«Esta cámara puede determinar la responsabilidad política del Presidente de la República», sostuvo Ramos Allup. 

«Muchos proyectos políticos son diseñados para durar muchos años, pero se derrumban. Éste no será diferente», dijo.

Lamentó que el «Gobierno nacional se sostiene con unos tribunales que avergüenza al país». 

Anunció que una delegación encabezada por él se iba a dirigir a la Organización de Estados Americanos la  para exigir la Carta Democrática.

Cuestionó el desempeño de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de no defender la Constitución sino que se ha convertido en un apéndice del partido de gobierno. «Ojalá que el Ministro Padrino saliera de los cuarteles y aceptara un debate público a ver si ronca igual», expresó el parlamentario.

---

**Fuente:** https://panorama.onl/politicayeconomia/Esta-es-la-sentencia-del-TSJ-que-admite-accion-de-Procuraduria-General-20161116-0004.html
Publicado por Panorama Online — contenido de libre lectura; se permite citar con atribución y enlace a la URL original.
