# CNE: Solicitud de activación de referendo debe presentarse conforme a la normativa

> En su sesión de este jueves, las autoridades electorales acordaron que revisarán la petición de activación del revocatorio una vez que sea adaptada a las normas de 2007 Que se adapte la solicitud de activación de un referendo revocatorio presidencial a la normativa vigente para que pueda ser considerada por el Consejo Nacional Electoral, decidieron las

Por Redacción WEB / Prensa CNE · 4 de julio de 2016 · Política y Economía

En su sesión de este jueves, las autoridades electorales acordaron que revisarán la petición de activación del revocatorio una vez que sea adaptada a las normas de 2007

Que se adapte la solicitud de activación de un referendo revocatorio presidencial a la normativa vigente para que pueda ser considerada por el Consejo Nacional Electoral, decidieron las autoridades electorales en su sesión de este jueves 7 de abril.

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD), como solicitante de la activación, deberá adecuar la petición a las Normas para Regular Referendos Revocatorios, vigente desde el año 2007, cuando se solicitaron y activaron revocatorios contra alcaldes y legisladores regionales, reseñó un boletín de prensa.

En la misma sesión, el CNE aprobó ampliar el lapso para la renovación de las nóminas de las organizaciones con fines políticos que no presentaron oferta electoral u obtuvieron menos del 1% de los votos en la recién pasada elección legislativa, de tres a cuatro meses.

Se oficiará a la Comisión de Participación Política y Financiamiento, órgano subordinado del Poder Electoral que preside el rector Luis Emilio Rondón, para que elabore un cronograma de renovación adaptado al nuevo lapso.

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**Fuente:** https://panorama.onl/politicayeconomia/CNE-Solicitud-de-activacion-de-referendo-debe-presentarse-conforme-a-la-normativa-20160407-0133.html
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