# Publican reforma de Ley del TSJ tras vencerse el plazo legal

> La Gaceta Oficial difundió la modificación al Tribunal Supremo de Justicia con cuatro días de retraso respecto al lapso constitucional previsto.

Por Gustavo Nava León · 18 de septiembre de 2026 · Política

![Activists gathering at Sonora State Courthouse for women's rights protest. Raising placards, advocating for justice.](https://panorama.onl/app/uploads/9ae17d53dcb2a8ae-1-scaled.webp)

La reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) fue publicada en la Gaceta Oficial N.º 7.074 Extraordinario, fechada el 15 de septiembre, cuatro días después de que concluyera el plazo constitucional para su promulgación, según advirtió la organización no gubernamental [Acceso a la Justicia](https://www.google.com/preferences/source?q=https://finanzasdigital.com).

Claves

- La reforma fue publicada en la Gaceta Oficial N.º 7.074 Extraordinario con fecha del 15 de septiembre.
- El texto modifica el artículo 65 para cambiar la composición del Comité de Postulaciones Judiciales a 23 miembros.
- La organización Acceso a la Justicia cuestionó la dilación en el proceso de promulgación.

## Cambios en el Comité de Postulaciones

El texto oficial incorpora la reforma sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 1 de septiembre, la cual modifica el artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Dicha modificación altera la composición del Comité de Postulaciones Judiciales, que a partir de ahora estará integrado por un total de 23 miembros, de los cuales 11 corresponden a diputados y 12 a representantes de distintos sectores de la sociedad civil.

Ante la tardanza en la difusión del documento, Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, cuestionó públicamente el tiempo transcurrido. Daniels señaló que resulta preocupante que el proceso se lleve a cabo con tal nivel de dilación tras cumplirse el lapso correspondiente de 10 días para su promulgación.

> Finalmente aparece la gaceta con la reforma de la Ley del TSJEsta ley se publica luego de vencido el lapso de 10 días para promulgarlaEs preocupante que se este proceso se esté llevando con tanta dilación pic.twitter.com/4ecuo6gOBH— Alí Daniels (@alijdaniels) September 17, 2026

## El marco constitucional y los plazos vencidos

El artículo 214 de la Constitución establece de manera explícita que las leyes deben ser promulgadas dentro de los 10 días siguientes a su recepción por parte del Ejecutivo. Durante este período normativo también existe la facultad de solicitar al Parlamento la modificación de cualquiera de sus disposiciones o el levantamiento de la sanción.

Asimismo, el artículo 215 estipula que una ley queda formalmente promulgada en el momento en que se publica con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial. La advertencia sobre el incumplimiento de estos lapsos temporales había sido emitida previamente por [Acceso a la Justicia](https://www.google.com/preferences/source?q=https://finanzasdigital.com) el pasado 11 de septiembre, fecha en la que concluyó el plazo sin que se conociera la normativa.

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**Fuente:** https://panorama.onl/politica/publican-reforma-de-ley-del-tsj-tras-vencerse-el-plazo-legal-20260918-0309.html
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