# Colón limita licor, pirotecnia y sonido por fiestas patrias

> La Alcaldía de Colón fijó reglas para los desfiles patrios del 1, 3 y 5 de noviembre, con multas de hasta B/.1,000 por incumplirlas.

Por Panorama Online · 29 de octubre de 2026 · Panamá

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La Alcaldía de Colón aprobó medidas especiales para las celebraciones de las fiestas patrias en el distrito, con restricciones sobre la venta y el consumo de bebidas alcohólicas, el uso de pirotecnia y los horarios de actividades con equipos de sonido.

Las disposiciones están en el [Decreto Alcaldicio N.° 012, del 22 de octubre de 2026](https://www.gacetaoficial.gob.pa/storage/gacetas/2026/10/30645_C/106067.pdf), publicado el jueves 29 de octubre en la Gaceta Oficial Digital N.° 30645-C. La normativa aplica a los desfiles patrios previstos para el 1, 3 y 5 de noviembre.

## Ruta y controles en los desfiles

Según el decreto, el recorrido comenzará en la Calle 13, entre las avenidas Central y Meléndez, frente al restaurante McDonald's, y seguirá por la Avenida Centenario y la Avenida Miguel Waked hasta llegar frente a Plaza Millenium, en la esquina del auto rápido de Burger King.

El texto prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todas las rutas establecidas para los desfiles durante esos tres días. También restringe el uso de fogones y tanques de gas a lo largo de los recorridos, salvo en puntos autorizados mediante permisos emitidos por el alcalde y con una distancia mínima de 20 metros del centro de la calle.

Además, quienes vendan comida deberán contar con un extintor.

## Horarios, fuegos artificiales y sanciones

La Alcaldía fijó horarios especiales para actividades comerciales, recreativas, sociales y benéficas que usen equipos de sonido: el martes 3 y el miércoles 4 de noviembre podrán operar hasta las 4:00 a.m.; el jueves 5 y el martes 10, hasta las 2:00 a.m.

En reuniones familiares, recreativas o sociales en áreas residenciales, el permiso será hasta las 2:00 a.m. el martes 3 y el miércoles 4, y hasta las 9:00 p.m. el jueves 5 y el martes 10. Las dianas para rendir tributo a la Patria quedan fuera de esas restricciones, siempre que no usen equipos de sonido y cuenten con autorización del alcalde.

El decreto también prohíbe los artefactos pirotécnicos y fuegos artificiales dentro de residencias y espacios cerrados, así como a menos de 500 metros de iglesias, hospitales, clínicas, edificios públicos y áreas boscosas. Tampoco podrán usarse en sitios sin un espacio despejado de construcciones o vegetación densa de al menos 20 metros perimetrales.

Si hay quejas de los vecinos, la Policía podrá decomisar los artefactos y remitir a la persona ante el juez de paz de turno. Los menores de edad no podrán manipular ni usar estos artículos; si incumplen, el adulto responsable recibirá una multa de B/.100, que se triplica cuando el menor tenga menos de 12 años.

Las infracciones al decreto serán sancionadas con multas de B/.250 a B/.1,000, a favor del tesoro municipal. El cumplimiento quedará a cargo de las casas de justicia de paz, funcionarios de Cumplimiento, personal de la Dirección de Ornato y Aseo, policías municipales, Asesoría Legal, Tesorería y la Policía Nacional.

El decreto lleva las firmas del alcalde de Colón, Lorenzo Diógenes Galván, y del secretario general, César Arias, y ordena que las disposiciones entren en vigencia desde su promulgación.

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**Fuente:** https://panorama.onl/panama/colon-limita-licor-pirotecnia-y-sonido-por-fiestas-patrias-20261029-2137.html
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