# TSJ descentraliza causas de terrorismo y elimina tribunales especiales

> El máximo tribunal venezolano aprobó una resolución que suprime la competencia especial en materia de terrorismo de cuatro tribunales de Caracas.

Por Reinaldo Chacín Portillo · 17 de octubre de 2026 · Justicia

![TSJ descentraliza causas de terrorismo y elimina tribunales especiales](https://cdn.panorama.onl/uploads/15fc305960b89de6.webp)

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia aprobó el 13 de octubre la [Resolución N.° 2026-0010](https://historico.tsj.gob.ve/informacion/resoluciones/sp/resolucionSP_0004009.html), mediante la cual suprime la competencia especial en materia de terrorismo que ostentaban cuatro tribunales de control del Área Metropolitana de Caracas con jurisdicción nacional. La medida modifica la estructura de estos despachos y redistribuye los procesos a los juzgados ordinarios de todo el país.

Claves

- La medida afecta al 30.°, 49.°, 52.° y 13.° tribunales de control de Caracas.

- Las causas en curso y nuevas se redistribuirán a los tribunales de primera instancia estadales.

- Se establece un régimen de excepción de máximo 15 días hábiles para operaciones encubiertas o diligencias urgentes.

## Redistribución hacia los tribunales ordinarios

Los tribunales afectados son el 30.° (que fungía como Juzgado Especial Primero), el 49.° (Especial Segundo), el 52.° (Especial Tercero) y el 13.° (Especial Cuarto). Estos órganos, creados y ampliados a partir de 2012, concentraban el conocimiento de causas vinculadas a delitos asociados al terrorismo en todo el territorio nacional.

A partir de la entrada en vigencia de la resolución, el conocimiento, la sustanciación y la decisión de los procesos en fase de investigación e intermedia por ilícitos previstos en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo quedan asignados a la totalidad de los tribunales de primera instancia estadales en funciones de control de los distintos circuitos judiciales penales. La competencia se determinará según las reglas ordinarias del Código Orgánico Procesal Penal.

## Régimen de excepción y alcance procesal

La resolución contempla un régimen de excepción en causas con operaciones encubiertas, entregas controladas, interceptaciones telefónicas en tiempo real o medidas cautelares urgentes aún no ejecutadas, donde el juez del tribunal especial mantiene temporalmente la competencia por un máximo de 15 días hábiles para concluir esas diligencias.

La normativa entró en vigencia desde su aprobación y ordena su publicación en el portal del tribunal, la Gaceta Oficial y la Gaceta Judicial, sin anular los procesos en curso ni derogar la legislación antiterrorista.

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**Fuente:** https://panorama.onl/justicia/tsj-descentraliza-causas-de-terrorismo-y-elimina-tribunales-especiales-20261017-0655.html
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