# Himiob: la resolución no cierra los tribunales antiterrorismo

> La ONG Foro Penal sostuvo que la resolución solo quitó una competencia exclusiva a cuatro juzgados de control y no eliminó la jurisdicción especial ni la ley vigente.

Por María A.R. · 16 de octubre de 2026 · Justicia

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Gonzalo Himiob, director y vicepresidente de Foro Penal, aclaró que la Resolución 2026-0010 no ordena cerrar los tribunales de terrorismo. Según explicó, la medida solo suprime la competencia exclusiva que ejercían cuatro tribunales de control a escala nacional.

## La competencia inicial vuelve a todos los tribunales de control

De acuerdo con Himiob, el nuevo dictamen devuelve la facultad para conocer inicialmente estos delitos a todos los tribunales de control del país. Al mismo tiempo, dijo que siguen plenamente operativos los juzgados de juicio y la corte de apelaciones especializados.

## La ley especial sigue vigente

El jurista también afirmó que la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo permanece intacta, sin derogatoria ni reforma. Con esa precisión, intentó desmontar la lectura de que la resolución implica la eliminación de la materia procesal o penal en esta área.

Himiob recordó además que la jurisdicción especial en materia de terrorismo fue creada en 2004 mediante la Resolución 2004-0217 de la entonces Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Añadió que la reestructuración actual solo afecta la fase inicial del proceso en los juzgados de control, a diferencia del diseño original, que abarcaba de forma integral todas las instancias judiciales.

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**Fuente:** https://panorama.onl/justicia/himiob-la-resolucion-no-cierra-los-tribunales-antiterrorismo-20261016-2159.html
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