# Caso López Chapor enfrenta dos versiones sobre su internamiento

> La defensa y el Ministerio Público chocan por el traslado de Juan Francisco López Chapor a un centro psiquiátrico. El expediente mezcla una disputa familiar, bienes millonarios y una evaluación…

Por María A.R. · 19 de octubre de 2026 · Justicia

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Claves

- El caso involucra al ingeniero y empresario Juan Francisco López Chapor y un ingreso a un centro psiquiátrico contra su voluntad.

- La defensa y el Ministerio Público ofrecen versiones opuestas sobre quién coordinó el traslado y qué indicó la psiquiatra Ylsa Emperatriz Quero Cabrera.

- La controversia se cruza con un divorcio, una partición de bienes y una disputa que, según la defensa, supera los 60 millones de pesos.

Juan Francisco López Chapor fue llevado contra su voluntad a un centro psiquiátrico en medio de una disputa familiar y patrimonial que ahora se examina en sede penal. La defensa afirma que no existía una razón médica para mantenerlo internado, mientras el Ministerio Público sostiene que hubo coordinación desde su entorno cercano para ejecutar el traslado.

*Imagen vinculada al caso de internamientos involuntarios*

## Dos relatos sobre el traslado

Según la acusación reseñada por el Ministerio Público, la entonces esposa de López Chapor, Nancy Estervina de Jesús, coordinó el traslado desde su lugar de trabajo y dijo a los investigadores que actuó por indicación de la psiquiatra Ylsa Emperatriz Quero Cabrera. En esa versión, tres desconocidos lo sacaron de su empresa, una de ellos vestida como personal de enfermería, lo sometieron, lo esposaron y le aplicaron una inyección antes de llevarlo a un centro de salud mental.

La defensa de Quero Cabrera niega que ella haya ordenado el internamiento y afirma que llegó al centro varias horas después de que López Chapor ya estaba allí. El abogado Jean Cristopher Pérez sostiene que familiares lo llevaron a la fuerza alrededor de las 2:00 de la tarde y que la psiquiatra acudió a las 7:00 de la noche, luego de atender otros compromisos.

La misma defensa asegura que la especialista conversó con López Chapor y recomendó mantenerlo en observación durante 24 horas, sin ordenar un internamiento prolongado. También niega que hubiera recetado medicamentos.

## La nota médica y la salida del centro

El abogado Héctor Quiñones, representante de López Chapor, presenta otra versión. Dice que el video del traslado muestra parte de lo ocurrido y que su cliente trabajaba con normalidad, sin una condición psiquiátrica que justificara el rapto. Añade que evaluaciones posteriores del Instituto Nacional de Análisis Forense, del Colegio Médico Dominicano y de especialistas descartaron esa justificación médica.

Quiñones también afirma que la nota de ingreso describía a López Chapor como “un poco alterado, pero cooperador” y que la doctora dispuso observación, no un internamiento prolongado. En cambio, Pérez sostiene que la nota firmada por la psiquiatra señalaba como motivo una supuesta “adicción a la pornografía” y que, además, se le administraron medicamentos.

Los abogados discrepan igualmente sobre la salida del centro. Quiñones dice que los hermanos de López Chapor lo buscaban en vano porque la esposa se negaba a decir dónde estaba, mientras la Fiscalía lo ubicó y luego fue al lugar con la Policía. Pérez, por su parte, afirma que la psiquiatra se negó a entregarlo y llamó a la esposa y a uno de sus hijos, quienes dijeron que no lo sacarían de allí.

## El trasfondo patrimonial y la vía penal

La defensa de López Chapor sitúa el conflicto en medio de un divorcio y un proceso de partición de bienes. Quiñones asegura que los activos e inmuebles de la pareja superan los 60 millones de pesos y que ambos tenían una empresa en común. También afirma que la esposa visitó su oficina dos días antes del episodio para discutir una distribución igualitaria de los bienes.

En paralelo, la Procuraduría General de República solicitó prisión preventiva contra Quero Cabrera como presunta cómplice en un caso de violencia intrafamiliar. En esa solicitud citó artículos del Código Penal sobre complicidad, violencia intrafamiliar y tortura o barbarie, modificados por la Ley 24-97. La comunicación del Ministerio Público no incluyó una imputación bajo la Ley 12-06 sobre Salud Mental.

La medida judicial

El 18 de octubre, un juez impuso a la psiquiatra presentación periódica y una garantía económica de 50.000 pesos.

La discusión sobre el caso no se limita a la responsabilidad penal. Quiñones sostiene que la investigación también debería incorporar la Ley de Salud Mental, mientras Pérez insiste en que su defendida no organizó el traslado y rechaza la acusación de complicidad. La calificación final del expediente, según lo expuesto por las partes, todavía está abierta.

## Qué exige la Ley 12-06

La Ley 12-06 dispone que se procure evitar el internamiento involuntario y que la hospitalización se considere solo cuando no sean posibles alternativas ambulatorias. Si una persona no consiente, un médico calificado debe certificar por escrito que padece una alteración mental y que, por ella, existe un riesgo grave e inmediato o inminente de daño para sí misma o para terceros.

La norma también prevé el internamiento cuando existe un trastorno grave y la capacidad de juicio está afectada, si no admitir a la persona puede provocar un deterioro considerable o impedir un tratamiento que solo puede ofrecerse en una institución. En ese supuesto, además, se requiere la conformidad de un segundo profesional de salud mental independiente.

La admisión involuntaria debe durar el menor tiempo posible, incluir una evaluación interdisciplinaria y ser comunicada a la persona y al órgano de revisión dentro de los plazos establecidos. El centro, además, debe estar autorizado para admitir pacientes involuntarios.

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**Fuente:** https://panorama.onl/justicia/caso-lopez-chapor-enfrenta-dos-versiones-sobre-su-internamiento-20261019-1954.html
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