# Ecuador clasifica a 9.214 presos en cuatro niveles de riesgo

> La nueva clasificación vincula el nivel de riesgo con la seguridad, la custodia y las visitas en las cárceles. El régimen especial contempla restricciones adicionales.

Por Panorama Online · 21 de octubre de 2026 · Ecuador

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El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores de Ecuador inició la clasificación de 9.214 personas en seis centros penitenciarios de Cotopaxi, Azuay, Tungurahua y Chimborazo, como parte de la primera fase de un plan nacional para reforzar la seguridad y reducir la influencia de grupos delictivos organizados.

## La clasificación distingue cuatro niveles de riesgo

El reglamento publicado el 28 de septiembre de 2026 establece cuatro categorías: riesgo alto con aplicación del régimen penitenciario especial, riesgo alto, riesgo medio y riesgo bajo. La clasificación sirve para determinar la ubicación de cada persona y las medidas de custodia correspondientes.

El régimen especial está previsto para personas que, por su peligrosidad, conducta, capacidad de liderazgo o vínculos con estructuras criminales, representen una amenaza grave para la seguridad penitenciaria o del Estado. También puede aplicarse cuando exista un riesgo inminente para la vida o la integridad de la persona recluida o de terceros.

El nivel de riesgo alto comprende a quienes puedan representar una amenaza grave para la seguridad penitenciaria o pública por su pertenencia a grupos organizados, trayectoria delictiva, violencia o influencia dentro de los centros. El riesgo medio incluye, entre otros, roles subordinados u operativos en estructuras criminales, así como factores de conflictividad, fuga o amenazas que requieran seguimiento, sin que se considere una amenaza de alta intensidad.

En el nivel bajo se ubicaría a personas vinculadas principalmente con delitos comunes, sin vínculos activos con organizaciones criminales ni factores relevantes de violencia, fuga o afectación a la seguridad penitenciaria.

## La categoría determina la custodia y las visitas

El reglamento asocia esas categorías con cuatro niveles de seguridad: máxima con régimen especial, máxima, media y mínima. El primero contempla medidas reforzadas de vigilancia y control; la máxima corresponde al riesgo alto; y los niveles medio y mínimo prevén, respectivamente, custodia ordinaria y supervisión menos restrictiva.

La reforma legal dispone que las visitas deben garantizar privacidad e intimidad, además de condiciones de seguridad y ausencia de discriminación. Para quienes estén bajo el régimen especial, las comunicaciones y visitas de sus defensores técnicos serán telemáticas y por medios autorizados por la administración penitenciaria.

Las visitas familiares presenciales y telemáticas estarán totalmente restringidas para esas personas. El reglamento contempla que una visita familiar telemática pueda autorizarse excepcionalmente ante una circunstancia grave extraordinaria.

Para personas en máxima seguridad por riesgo alto, o ante alertas y alteraciones graves del orden interno, las visitas serán por regla general telemáticas. Una visita presencial solo podría autorizarse de forma excepcional mediante una resolución motivada y con medidas reforzadas de seguridad.

El sistema penitenciario ecuatoriano contabilizaba 38.179 personas privadas de libertad, según un censo difundido en junio de 2026. La primera fase de clasificación descrita comprende a 9.214 personas en seis centros.

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**Fuente:** https://panorama.onl/ecuador/ecuador-clasifica-a-9-214-presos-en-cuatro-niveles-de-riesgo-20261021-1116.html
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