# El Senado argentino define la ley de discapacidad y sigue la duda

> La Cámara alta buscará dictamen sobre la ley de discapacidad, pero el plenario llega con dudas por el número. El texto ya salió de Diputados con amplio respaldo.

Por Panorama Online · 3 de noviembre de 2026 · Argentina

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El Senado de Argentina intentará dictaminar mañana la nueva ley de discapacidad, en una reunión del plenario de Presupuesto y Hacienda y de Población y Desarrollo Humano que llega con dudas por el quorum. La definición depende, además, del viaje de varios legisladores a las elecciones en Estados Unidos.

## Un plenario con número en suspenso

La comisión de Presupuesto y Hacienda, que debe convocar la reunión, está presidida por Agustín Monteverde, mientras que la de Población y Desarrollo Humano la encabeza Alicia Kirchner. La semana pasada, el plenario eludió tratar la iniciativa.

El objetivo es dejar atrás la emergencia en discapacidad, que vence a fin de este año, en un área que volvió a tensar la relación entre el Gobierno y la oposición dialoguista y el kirchnerismo.

## Qué mantiene el proyecto aprobado en Diputados

El texto que llegó del a Cámara baja preserva la pensión no contributiva por discapacidad, su actualización por inflación, el nomenclador universal de prestaciones y el arancel unificado. En Diputados obtuvo 236 votos a favor, nueve en contra y cuatro abstenciones.

También ratifica pensiones equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio y mantiene al Certificado Único de Discapacidad como vía principal para acceder al beneficio. Además, conserva la compatibilidad entre la pensión y el empleo formal, con el límite de ingresos de dos salarios mínimos vitales y móviles.

## Salud, controles y pagos pendientes

El proyecto asegura el acceso a un mecanismo de salud con las prestaciones básicas de la ley 24.901 para quienes cobren pensiones no contributivas por invalidez laboral o por discapacidad. También fija partidas presupuestarias específicas del Ministerio de Salud y prevé compensaciones desde el Tesoro si resultaran insuficientes.

En materia de control, la Secretaría Nacional de Discapacidad realizará auditorías periódicas con cruces de datos con ANSeS, ARCA, Renaper y el SINTyS, y podrá suspender de manera preventiva un beneficio ante un incumplimiento objetivo, con notificación y rehabilitación provisoria.

Si quedaran deudas con prestadores al momento de sancionarse la ley, el Poder Ejecutivo deberá difundir un cronograma de pagos dentro de 30 días y cancelarlos dentro de 90 días.

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**Fuente:** https://panorama.onl/argentina/el-senado-argentino-define-la-ley-de-discapacidad-y-sigue-la-duda-20261103-0201.html
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